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Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-167-SEMARNAT-2017, Que establece los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes para los vehículos automotores que circulan en las entidades federativas Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala; los métodos de prueba para la evaluación de dichos límites y las especificaciones de tecnologías de información y hologramas, para quedar como Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-167-SEMARNAT-2023, Que establece los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes para los vehículos automotores que circulan en las entidades federativas Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla, Querétaro y Tlaxcala; los métodos de prueba para la evaluación de dichos límites y las especificaciones de tecnologías de información y hologramas.



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en la circunscripción territorial de las entidades federativas de la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla, Querétaro y Tlaxcala, para los propietarios o legales poseedores de vehículos ligeros o pesados, que utilicen gasolina, gas natural, gas licuado de petróleo o diésel, y para aquellos que prestan cualquier tipo de servicio público, federal o local, así como para los responsables de los Centros de Inspección Vehicular CIV y para las autoridades competentes de las entidades antes mencionadas y la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, en sus respectivas áreas de competencia. Esta Norma está diseñada para establecer los procedimientos y las pruebas a las que deben someterse los vehículos automotores, y se incorporan catálogos, requisitos y especificaciones técnicas para evitar la discrecionalidad en su aplicación y proporcionar una mayor claridad y certeza, contribuyendo a mejorar la eficiencia de los CIV y el fortalecimiento del aseguramiento de la calidad de los procedimientos y especificaciones de inspección de los vehículos en circulación. La Norma establece un ajuste a los límites máximos permisibles de NOx, para los vehículos año-modelo 2006 y posteriores, a fin de hacer una evaluación de los vehículos que sea alcanzable cuando se mantengan en óptimas condiciones mecánicas. Los SDB son el componente tecnológico esencial de la verificación de vehículos que se aplicará en vehículos ligeros de motor utilizando gasolina o gas natural, modelo 2006 y posteriores, para acceder y monitorear los componentes que integran el sistema de control de emisiones del vehículo y así garantizar su correcto funcionamiento con la evaluación de las tecnologías con las que cuentan, se establecieron los códigos de falla en total 901, asociados con los monitores obligatorios relacionados con las emisiones a la atmósfera. También indica la salvaguarda de los datos obtenidos en el CIV, la generación de bases y el análisis de datos, así como su correspondiente entrega periódica de informes, estableciendo tiempos y contenidos de estos.

El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Summary of the draft


This Mexican Official Standard is mandatory in the entire territorial constituency of the federal entities of Mexico City, Hidalgo, State of Mexico, Morelos, Puebla, Querétaro and Tlaxcala, for owners or legal owners of light or heavy motor vehicles, gasoline, natural gas, liquefied petroleum gas or diesel, and for those who provide any type of public service, federal or local, for those responsible for the Vehicle Inspection Centers VIC and for the competent authorities of the afore mentioned entities and the Ministry of Communications and Transport, in their respective areas of competence. This Standard is designed to establish the procedures and tests to be subjected to motor vehicles, to which catalogues, requirements and technical specifications are incorporated to avoid discretion in their application and to provide greater certainty, contributing to improve the efficiency of VIC and strengthening quality assurance of the inspection procedures and specifications of vehicles in use. The Standard establishes an adjustment to the permissible maximum limits of NOx, to assess vehicles 2006 and further, that is achievable for those that maintain good mechanical condition. These OBD are the essential technological component of vehicle verification that will be applied in light motor vehicles using gasoline or natural gas, model year 2006 and later, to access and monitor by monitoring the components that integrate the vehicle emission control system and thus ensure their proper functioning with the evaluation of the technologies with which they have , the 901 fault codes were established, associated with the 4-5 mandatory monitors related to emissions into the atmosphere. Also indicates the safeguarding of data obtained in the VIC, generation of bases and analysis of data, as well as their corresponding periodic delivery of reports, establishing times and contents of them.

Dictámenes Emitidos



CONAMER/23/4015


CONAMER/23/5535

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Comentario emitido vía correo electrónico

B000232003

Fecha: 04/09/2023 09:00:00

Comentario emitido vía correo electrónico

B000231994

Fecha: 01/09/2023 11:17:00

Comentario emitido por: Gustavo Sosa Iglesias


En el numeral 4.3 Límites Máximos Permisibles de emisión provenientes de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina, se presenta la Tabla 3 sobre los Límites Máximos Permisibles de emisión de contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible y cuyo peso bruto vehicular es mayor de 400 kilogramos y hasta a 3857 kilogramos en el método de prueba Dinámica y Estática (1), se presenta como límite máximo de emisión de los NOx de 700 µmol/mol. Este valor es superior al actual de 250 µmol/mol que está en la norma vigente. Permitir que este valor se incremente, relajando la norma, tendrá efectos nocivos para la salud de la población de lo habitantes de la megalópolis, ya que los NOx son precursores de la formación de ozono y de las partículas secundarias PM2.5 Si bien el NO2, componente principal de los NOx, se mantiene dentro de la norma la mayor parte del año, su participación en la formación de ozono de manera importante, es necesario seguir reduciendo su emisión a la atmósfera. Su presencia favorece a la reactividad química de la atmósfera, potenciando la formación de contaminantes secundarios dañinos a la salud de la población. Mi recomendación es que este valor límite máximo para los NOx no se modifique y se mantenga el valor de la norma vigente.

Fecha: 07/07/2023 09:07:29



Información del Anteproyecto:


Dependencia:

SEMARNAT-Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha Publicación:

16/06/2023 12:21:28

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04/0027/160623