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Proyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-234-SSA1-2003, Utilización de campos clínicos para ciclos clínicos e internado de pregrado, para quedar como Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-033-SSA3-2013, Educación en Salud. Criterios para la utilización de los establecimientos para la atención médica como campos clínicos para ciclos clínicos e internado de pregrado de la licenciatura en medicina.



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


La aplicación del proyecto de Norma Oficial Mexicana, determina los criterios técnicos para la organización y funcionamiento de los establecimientos para la atención médica en la formación de recursos humanos para la salud, de conformidad con lo preceptuado por los artículos 94 y 95 de la Ley General de Salud, a fin de garantizar que la realización de ciclos clínicos e internado de pregrado de la licenciatura en medicina se lleven a cabo en las condiciones necesarias para ello, señalar los mecanismos que brinden garantía de seguridad a los estudiantes e internos de pregrado, que se encuentran en un establecimiento para la atención médica constituido en campo clínico. Los beneficios de emitir la regulación impactan de forma directa e indirecta a la población usuaria de establecimientos para la atención médica que se constituyan en campos clínicos para la realización de los ciclos clínicos e internado de pregrado, ya que se amplía la cobertura y mejora la calidad de atención en los mismos, mientras a los estudiantes e internos de pregrado, les permite llevar a cabo esta etapa de su formación profesional en los establecimientos para la atención médica que cuenten con la infraestructura, material y equipo necesarios para aplicar sus conocimientos y reafirmar sus habilidades y destrezas, en un entorno seguro y con la asistencia permanente del personal de las instituciones de educación superior y las de salud.

El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Summary of the draft


The application of the Mexican Official Standard Draft, determines the technical criteria for the organization and operation of the establishment for medical care in the training of human resources for health, in accordance with the provisions of articles 94 and 95 of the General Law Health, to ensure that the realization of clinical cycles and boarding school of undergraduate medical degree carried out under the conditions necessary for it, pointing mechanisms that provide security guarantee to students and undergraduate internal medicine, that they are in a establishment for medical care constituted in clinical field. The benefits of issuing the regulation impact directly and indirectly to the users of the establishment for medical care constituted in clinical field for clinical cycles and boarding school of undergraduate medical, because the coverage is extended and improves quality of medical care therein, while students and undergraduate internal medicine, it enables them to carry out this stage of their professional training in the establishment for medical care, who own infrastructure, material and medical equipment necessary for apply their knowledge and strengthen their skills and abilities, in a secure environment, with permanent assistance of staff of higher education institutions and health institutions.

Dictámenes Emitidos



Información del Anteproyecto:


Dependencia:

SSA-Secretaría de Salud

Fecha Publicación:

11/06/2019 14:38:40

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02/0022/110619