Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

No

Si

No

No

La importancia de la Norma Oficial Mexicana del Sistema de Comando de Incidentes radica en los requisitos básicos que se deben implementar para la gestión de respuesta en la atención de incidentes, mediante la correcta aplicación del Sistema de Comando de Incidentes (SCI), que deberán cumplir todas las dependencias y entidades del sector público, así como los prestadores de servicios del sector privado y social que requieren implementar este sistema para la atención de un incidente y aquellos que por su naturaleza colaboren en acciones de mitigación, auxilio y recuperación ante la ocurrencia de una emergencia o desastre. Conviene aclarar que en la práctica cuando suceden emergencias o desastres naturales o antrópicos y la federación instala el Centro de Mando, a partir de ese momento las instancias y organismos privados y sociales coadyuvarán a resolver alguna necesidad o servicio que se encuentre en su campo o giro social o empresarial.

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1

El objetivo de la Norma es establecer los requisitos básicos que se deben implementar para la gestión de respuesta en la atención de incidentes, mediante la correcta aplicación del Sistema de Comando de Incidentes (SCI), que deberán cumplir todas las dependencias y entidades del sector público, así como los prestadores de servicios del sector privado y social que requieren implementar este sistema para la atención de un incidente y aquellos que por su naturaleza colaboren en acciones de mitigación, auxilio y recuperación ante la ocurrencia de una emergencia o desastre.

Por lo general, cuando ocurre una emergencia o desastre que pone en riesgo la vida, salud y patrimonio de la población, y pese a contar con sistemas, procedimientos, modalidades de atención, difusión y alertamiento, la compleja gestión de un incidente y la creciente necesidad de coordinar acciones de varios grupos de actuación, requiere necesariamente un cuerpo normativo preciso que regule y fortalezca las acciones y medidas a través de un sistema único de gestión, que sirva de guía, ofrezca mayor certeza y eficacia en la conjunción de esfuerzos de las diversas fuerzas de tarea que atienden emergencias y desastres. Es importante señalar que a pesar del avance en la atención a emergencias y desastres, el equipo, los recursos materiales y los recursos humanos movilizados requieren de una norma concreta que atienda y resuelva (lo que desde los años 70 del siglo pasado, tras una serie de incendios catastróficos en la interfaz urbana de California, Estados Unidos) los graves daños, mortandad y heridos que provocan esta clase de fenómenos perturbadores. Desde entonces se despertó una mayor conciencia sobre la necesidad de planear, articular y movilizar a fuerzas de tarea para enfrentar este tipo de siniestros, a eso con el tiempo se ha denominado Sistema de Comando de Incidentes. En ese contexto, se han emprendido estudios con base en el análisis de las historias clínicas para determinar las principales causas que dificultaban la coordinación de acciones y encontraron que los problemas rara vez se podrían atribuir a la falta de recursos o al fracaso de la táctica establecida. Identificaron más bien que las situaciones caóticas en la atención eran resultado de un manejo inadecuado de las amenazas y peligros. Concluyeron que las deficiencias en la gestión de incidentes eran provocadas a menudo por los siguientes factores: • Falta de rendición de cuentas, incluyendo una confusa cadena de mando que carecía de supervisión. • Falta de comunicación, debido a los usos ineficientes de los sistemas de comunicaciones disponibles y la terminología y códigos en conflicto. • Ausencia de un proceso de planificación ordenada y sistemática. • Estructuras poco flexibles y sin un diseño de gestión que permita a los comandantes delegar responsabilidades y administrar cargas de trabajo de manera eficiente. • Carencia de métodos predefinidos para integrar los requisitos interinstitucionales en la estructura y la planificación de la gestión de procesos de manera efectiva. Cabe destacar que esta serie de deficiencias en la gestión de incidentes aún se manifiestan con notable afectación a nuestra economía, a la salud y seguridad de la población. Sin ser exhaustiva, se enlistan ciertas problemáticas que permean la instalación y funcionamiento actual del Sistema de Comando de Incidentes: • Desde la instalación del SCI no se tiene pleno control de quién reporta la información. • Como consecuencia, no hay homologación en la información ni en los datos generados en situaciones de emergencia. • Desde el principio prevalece indefinición en el establecimiento de roles y funciones. • Los planes y programas en protección civil presentan ciertas deficiencias de información en la atención a incidentes. • Los sistemas de comunicación y mando tardan en operar en momentos que se requiere mayor coordinación para movilizar la atención pertinente, según sea el caso. En México suceden cíclicamente una serie de fenómenos naturales y otros provocados por el hombre (antrópicos) que ponen en constante movimiento a los tres órdenes de gobierno para acudir al auxilio de la población afectada. Son perturbaciones que requieren una atención más coordinada, pronta y eficaz, a través del SCI. La siguiente tabla ilustra claramente la dimensión que algunos de estos fenómenos causan sobre el territorio nacional y ante ello resalta la urgencia de contar con una regulación del Sistema de Comando de Incidentes. Fenómeno perturbador, emergencia o desastre Cuantitativo Incendios forestales 2021 7,337 Incendios forestales 2022 6,719 Sismos 2021 29,030 Sismos 2022 29,872 Ciclones tropicales de la temporada 2021 en el Océano Pacífico 14 Ciclones tropicales de la temporada 2022 en el Océano Pacífico 17 Ciclones tropicales de la temporada 2021 en el Océano Atlántico 21 Ciclones tropicales de la temporada 2022 en el Océano Atlántico 17 Fuente: Cierre Estadística 2021 y 2022. CONAFOR. Estadísticas de los Sismos Reportados por el SSN http://www.ssn.unam.mx/sismicidad/estadisticas/ Comisión Nacional del Agua. Resumen de la Temporada de Ciclones Tropicales del Año 2022. https://smn.conagua.gob.mx/tools/DATA/Ciclones%20Tropicales/Resumenes/2022.pdf En concordancia con lo anterior, también es ilustrativo el estudio del Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED), denominado “Resumen Ejecutivo: Impacto Socioeconómico de los Desastres en México durante 2022”, donde establece que ese año el monto de pérdidas y daños por eventos de desastres ascendió a 16,600 millones de pesos. (Impacto Socioeconómico de los Principales Desastres Ocurridos en México. Resumen Ejecutivo. CENAPRED. Disponible en: https://www.cenapred.unam.mx/es/Publicaciones/archivos/494-RESUMENEJECUTIVOIMPACTO2022.PDF).

Norma Oficial Mexicana.

Disposiciones jurídicas vigentes#1

No existen.

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

Esquemas voluntarios

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

De aplicar un esquema voluntario, en el marco de la operatividad y logística del Sistema del Comando de Incidentes, afectaría el proceso y control en la toma de decisiones, lo que provocaría confusión y desorden en momentos clave donde se requiere adoptar y ejecutar acciones de respuesta claras y enfocadas a atender de inmediato las repercusiones del siniestro de que se trate. En este sentido, no sería práctico ni recomendable delegar una atribución bajo el esquema voluntario. Sin embargo, es relevante precisar que el voluntariado tiene una vital importancia particularmente cuando se requiere movilizar ayuda humanitaria en emergencias, en ocasiones organizando centros de acopio, entregando insumos (despensas alimentarias y kits de higiene personal), y donando o prestando determinados equipos y herramientas, entre otros. Para procesar lo anterior, esta clase de actividades implicaría para las agrupaciones filantrópicas un costo aproximado de $170, 292,000 pesos para estar en condiciones de coadyuvar en las emergencias nacionales. Las variables para calcular este costo incluyen al voluntariado registrado principalmente en torno a la Cruz Roja Mexicana IAP y a la Comisión Nacional de Emergencias, A. C., cifra que asciende a 46 mil personas, multiplicado por el costo de los insumos que establece la norma ($3,702 pesos), que más adelante se calculan en el apartado 9.

Alternativas#2

No emitir regulación alguna

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#2

De no emitir ninguna regulación para normar y homologar la actuación en la atención de incidentes por parte de los organismos públicos, se continuará teniendo una respuesta de manera distinta y errática en los diferentes órdenes de gobierno, dificultando la labor de rescate y de atención de emergencias, duplicando esfuerzos, generando gastos innecesarios y hasta contraproducentes, lo cual puede ir en detrimento de la seguridad de las personas al no procesar una respuesta adecuada. La inexistencia de regulación en diversas zonas del país atenta contra la seguridad y la salud de la población, haciendo inequitativa, improcedente e ineficiente las labores que brindan los diferentes cuerpos y fuerzas de tarea que llevan a cabo las tareas de atención a emergencias. Bajo este contexto, la relación costos-beneficios resultaría negativa por lo antes expuesto, ya que ante la ausencia regulatoria en el manejo, disposición y destino de los recursos humanos y financieros en esta materia, implicaría que los costos generados para atender las emergencias sean mayores a los beneficios obtenidos. Si en el año 2022 los costos de los daños ascendieron a 16, 600 millones de pesos, no disponer de una regulación de esta naturaleza conllevaría un elevado riesgo de espiral presupuestal, de tal forma que de acuerdo a la variación de costos ocurrida durante el periodo 2019-2022 (ver el apartado 9), probablemente los costos para el año 2024 se incrementarían a $9, 462,000 (57%).

La emisión de la NOM-010-SSPC-2019, que establece los requisitos básicos para la implementación del Sistema de Comando de Incidentes, resulta hasta el momento la mejor opción para resolver la duplicidad de esfuerzos, así como evitar gastos innecesarios. Además, será un instrumento articulador, preciso, eficiente, que permita atender con mayor coordinación, entre las dependencias y entidades del sector público, social y privado las acciones, protocolos y estrategias para enfrentar la creciente complejidad y la dimensión catastrófica de los fenómenos naturales y antropogénicos que cíclicamente aumentan los riesgos y peligros para la vida, la salud y el patrimonio particularmente de los grupos más vulnerables del país. Asimismo, el SCI conlleva un sentido cualitativo en su concepto de gestión y estandarización, operando en el lugar y momento precisos, con un sistema de delegación y toma de decisiones que permita a los usuarios adoptar una estructura organizativa integrada para que coincida con las complejidades y demandas de incidentes únicos o múltiples. Es así que utilizando las mejores prácticas de gestión, el SCI ayuda a: • Al logro de los objetivos tácticos. • Al uso eficiente de los recursos. • A brindar una mayor seguridad a la comunidad y los socorristas.

Apartado III.- Impacto de la regulación
Accion#1

Crea

Tipo#1

Obligación

Vigencia#1

Cinco años posteriores a su publicación en el DOF

Medio de presentación#1
Requisitos#1
Población a la que impacta#1

Particulares que conforme a sus actividades requieren implementar el Sistema de Comando de Incidentes.

Ficta#1
Plazo#1
Justificación#1

A este respecto, cabe señalar que los formularios de la NOM-010-SSPC-2019 son de carácter público, puesto que están diseñados sólo para recopilar información, más no para emitir alguna resolución de algún acto sustancial, a fin de gestionar un bien o servicio. En este sentido, los formularios son requerimientos del acto de ejecución del Sistema de Comando de Incidentes, mismo que es requisitado por el sector público.

Nombre del trámite#1

Formulario SCI

Homoclave#1
Obligaciones#1

Establecen obligaciones

Artículos aplicables#1

Numeral 4. Obligaciones del Comandante del Incidente

Justificación#1

Es necesario que se incluyan en la NOM las obligaciones del Comandante del Incidente, con el fin de establecer de manera clara las funciones que deberá llevar a cabo la persona responsable de todas las actividades dentro del Sistema de Comando de Incidentes, así como delimitar las obligaciones de cada una de las personas que intervienen en la prestación del servicio público. Esta sección contribuye a lograr una equidad en la prestación del servicio en la atención de emergencias, lo que a la vez permitirá homologar los protocolos de las autoridades y servirá para lograr una coordinación efectiva ante las emergencias.

Obligaciones#2

Establecen requisitos

Artículos aplicables#2

Numeral 5. Características generales para la implementación del Sistema de Comando de Incidentes

Justificación#2

Es necesario incluir estas especificaciones, con el fin de que se delimiten las características generales que deberá tener el Sistema de Comando de Incidentes, ello para homologar la forma que deberán observar las instalaciones de las dependencias y entidades del sector público. En complemento, el SCI es un sistema adaptable a la atención de fenómenos perturbadores, ya que fomenta la coordinación del personal en funciones y la capacidad de reacción ante dichos eventos. La planeación estratégica juega un papel relevante en la aplicación de recursos de una manera más eficiente y eficaz.

Obligaciones#3

Establecen obligaciones

Artículos aplicables#3

Numeral 6. Funciones que debe ejecutar el mando, planificación, operaciones, logística, administración, seguridad, información pública y enlace.

Justificación#3

Es necesario que se incluyan en la NOM las funciones que se deberán desempeñar dentro del Sistema de Comando de Incidentes, con el fin de delimitar las obligaciones de cada una de las partes que intervienen en la prestación de los servicios que contempla la propuesta regulatoria. Lo anterior, permitirá un tramo de control de las obligaciones y funciones, así como del requisitado de la información y datos obtenidos por cada integrante en el Sistema de Comando de Incidentes.

Obligaciones#4

Establecen obligaciones

Artículos aplicables#4

Numeral 7. Establecimiento del Sistema de Comando de Incidentes

Justificación#4

La importancia de incluir el proceso que se debe llevar a cabo al momento de prestar los servicios que regula la NOM tiene como objetivo que todas las dependencias y entidades del sector público conozcan las responsabilidades y roles que debe asumir el personal para la implementación del Sistema de Comando de Incidentes. En este sentido, la coordinación entre los tres órdenes de gobierno podrá fortalecer la atención a incidentes, a fin de recopilar información sobre el desarrollo del Sistema de Comando de Incidentes, y estar en mejores posibilidades de mejorar la atención a los diversos eventos perturbadores.

Obligaciones#5

Establecen requisitos

Artículos aplicables#5

Numeral 7.2

Justificación#5

En este numeral se enlistan los requisitos que deben cumplir los puestos de comando, cualquiera que sea el proveedor que brinde el servicio. El puesto de comando tiene la ventaja de ser fijo o móvil, además que la señalización podrá ser instalada en un vehículo, carpa, camión u otro medio que permita su rápida ubicación.

Obligaciones#6

Establecen procedimientos de evaluación de la conformidad

Artículos aplicables#6

Numeral 10

Justificación#6

Es necesario incluir este numeral con el objeto de dar certeza a los sujetos que deberán cumplir la NOM sobre los aspectos que se considerarán para evaluar el cumplimiento de la misma, además de especificar la forma en que se comprobarán las acciones referidas. La evaluación de la conformidad constituye una herramienta de revisión y supervisión, a fin de verificar el cumplimiento de la norma por los integrantes del SCI.

Obligaciones#7

Establecen requisitos

Artículos aplicables#7

Anexo 1.

Justificación#7

Es necesario que se incluyan las especificaciones técnicas que deberán ser observadas para la señalización de las instalaciones, con el fin de homologar las medidas, características, materiales, formas, colores, fuentes, tamaños de las instalaciones del puesto de comando, área de espera, área de concentración de víctimas, base, campamento, helibase, helipunto o helipista, así como de los chalecos de los mandos y staff de los comandos. En complemento, es importante definir visual y gráficamente los chalecos, así como los lugares focalizados a protección civil, que permitirán a las personas que sufran algún fenómeno perturbador replegarse a esas zonas, y con ello buscar que el personal del SCI tenga mayor facilidad en la ejecución de dicho Sistema.

Obligaciones#8

Establecen requisitos

Artículos aplicables#8

Anexo 2. Formulario SCI-201, Resumen del incidente. Formulario SCI-202, Plan de Acción del incidente. Formulario SCI-204, Asignaciones tácticas. Formulario SCI-205, Plan de comunicaciones. Formulario SCI-206, Plan médico. Formulario SCI-207, Registro de víctimas. Formulario SCI-211, Registro y control de recursos. Formulario SCI-214, Registro de actividades. Formulario SCI-221, Verificación de desmovilización.

Justificación#8

Es necesario que se incluyan los formatos que deberán utilizarse para la operación y procedimientos que se deben llevar a cabo en la prestación de los servicios que regula la norma; con lo cual se estará en posibilidad de comprobar que se trata de un mismo procedimiento para todos los prestadores de servicios. La relevancia de esa información podrá generar que se puede revisar y analizar la complejidad de los eventos, mismos que podrán estudiarse, a fin de prevenir y mitigar las consecuencias ocasionadas por los fenómenos perturbadores.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1

Particulares que conforme a sus actividades requieren implementar el Sistema de Comando de Incidentes.

Describa o estime los costos#1

Conforme a los productos que se definen en la NOM, se presenta a continuación el listado de insumos a cubrir para la implementación del SCI; al respecto, los costos aludidos se derivaron de una búsqueda en fuentes abiertas, considerando rangos mínimos y máximos de precios. Son costos aproximados, pues siempre serán susceptibles de variaciones por las condiciones cambiantes de precios regidos por la oferta y demanda en el mercado de los productos considerados. Cabe precisar que los materiales que a continuación se describen con sus costos respectivos, son artículos de uso obligatorio que la norma contempla; estos insumos tienen una temporalidad diferenciada, los costos fijos son por evento, mientras los costos variables son gastos que sólo se presupuestarían cada cinco años. COSTOS VARIABLES Insumo Unidad Costo Unitario (pesos) Chaleco Comandante del Incidente 1 pza 250.00 Chaleco Jefe de Sección de Operaciones 1 pza 250.00 Chaleco Jefe de la Sección de Planificación 1 pza 250.00 Chaleco Jefe de la Sección de Logística 1 pza 250.00 Chaleco Jefe de la Sección de Administración y Finanzas 1 pza 250.00 Señalización para instalación Puesto de Comando 1 pza 90.00 Señalización para instalación Área de Espera 1 pza 90.00 Señalización para instalación Área de Concentración de Víctimas 1 pza 90.00 Señalización para instalación Base 1 pza 90.00 Señalización para instalación Campamento 1 pza 90.00 Señalización para instalación Helibase 1 pza 90.00 Tablillas con prensa para escribir 1 pza 70.00 Tablero y formularios 1 pza 1000.00 Maleta para transportar kit 1 pza 500.00 TOTAL DEL COSTO VARIABLE 3,360.00 COSTOS FIJOS Formulario SCI-201 1 impresión 6.00 Formulario SCI-202 1 impresión 4.50 Formulario SCI-204 1 impresión 1.50 Formulario SCI-205 1 impresión 1.50 Formulario SCI-206 1 impresión 1.50 Formulario SCI-207 1 impresión 1.50 Formulario SCI-211 1 impresión 1.50 Formulario SCI-214 1 impresión 1.50 Formulario SCI-221 1 impresión 6.00 Lápiz 1 pza 6.00 Pluma 1 pza 4.50 Marcador 1 pza 16.50 Sacapuntas 1 pza 5.50 Hojas de papel blanco 10 hojas 2.00 Papelógrafo en blanco 1 pza (25 hojas) 277.00 Mapas 1 pza 5.00 TOTAL DE COSTO FIJO 342.00 La suma total de ambos costos asciende a $3,702 (tres mil setecientos dos pesos 00/100 M.N.). De esta manera, para establecer el costo de la norma se tiene que considerar a las 20 dependencias, 299 entidades del Gobierno Federal (Gobierno de México, https://www.gob.mx/gobierno); a las 2,238 instituciones de la Administración Pública Estatal y Paraestatal (INEGI, Censo Nacional de Gobiernos Estatales 2023); y a las 47,803 instituciones de la Administración Pública Municipal (INEGI, Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México 2021). Resultando que el Sector Público en sus tres órdenes de gobierno suman 50,360 dependencias, de acuerdo a las fuentes citadas. El cálculo del costo total de la norma se realiza multiplicando el número de dependencias (D) por el costo de los insumos (I), es decir, C = D x I. De este modo, para el sector público en sus tres niveles de gobierno, el costo total de la propuesta regulatoria se estima en $186,000, 000 (ciento ochenta y seis millones de pesos 00/100 M.N.). En cuanto a los sectores privado y social, al considerar 20, 835 unidades económicas (véase la tabla de abajo referida a la lista de unidades económicas aplicables al SCI), se aplica la misma fórmula, resultando en un costo de implementación de $77, 131,170 pesos. (setenta y siete millones, ciento treinta y un mil ciento setenta pesos 00/100 M.N.). SECTOR # UNIDADES ECONÓMICAS FUENTE LIGA DE CONSULTA 1. Química 5962 Data México, Secretaría de Economía https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/industry/chemical-manufacturing#:~:text=Seg%C3%BAn%20DENUE%202022%2C%20Industria%20Qu%C3%ADmica,fue%20de%20%24986%2C072M%20MX. 2. Aeroportuaria 78 Agencia Federal de Aviación Civil, Transporte de pasajeros enero octubre 2023 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/873599/indicadores-aviacion-mexicana-octubre-2023-29112023.pdf 3. Aéreo Regular 354 Data México, Secretaría de Economía https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/industry/scheduled-air-transportation 4. Establecimientos particulares de salud 2874 Estadísticas de Salud en Establecimientos Particulares (ESEP) 2022 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/ESEP/ESEP2022.pdf 5. Transporte Terrestre de Pasajeros 427 Data México, Secretaría de Economía https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/industry/other-transit-and-ground-passenger-transportation 6. Extracción de Petróleo y Gas 100 Data México, Secretaría de Economía https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/industry/oil-and-gas-extraction-2111#:~:text=Seg%C3%BAn%20DENUE%202022%2C%20Extracci%C3%B3n%20de,fue%20de%20%24846%2C353M%20MX. 7. Auditorios Nacionales (Centros culturales y de espectáculos) 884 Sistema de Información Cultural https://sic.cultura.gob.mx/index.php?table=auditorio 8. Estadios de Fútbol 120 Anexo: Estadios de Fútbol en México https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Estadios_de_f%C3%BAtbol_en_M%C3%A9xico 9. Estadios de Béisbol 29 Anexo:Estadios de beisbol en México https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Estadios_de_beisbol_en_M%C3%A9xico 10. Delegaciones de la Cruz Roja Mexicana 454 Delegaciones de la Cruz Roja Mexicana, Directorio Completo https://s3.amazonaws.com/assets.cruzrojamexicana.org.mx/froala/archivo_TueApr2800cr35cr02UTC2020_1.pdf 11. Estaciones de Bomberos 208 Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales 2020 https://www.inegi.org.mx/programas/cngspspe/2020/ 12. Minería 3215 Data México, Secretaría de Economía https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/industry/mining-quarrying-and-oil-and-gas-extraction#:~:text=Acerca%20de%20Miner%C3%ADa&text=Seg%C3%BAn%20DENUE%202022%2C%20Miner%C3%ADa%20registr%C3%B3,fue%20de%20%241.21B%20MX. 13. Industria Ferroviaria 51 Data México, Secretaría de Economía https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/industry/railroad-rolling-stock-manufacturing 14. Transporte Marítimo 92 Data México, Secretaría de Economía https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/industry/deep-sea-coastal-and-great-lakes-water-transportation 15. Centro Nacional de Apoyo para Contingencias Epidemiológicas y Desastres, A.C. 58 Sitio web de CENACED https://cenaced.org.mx/nosotros/ 16. Alianza del Sector Privado para Sociedades Resilientes ante Desastres, A.C. 69 Sitio web de la Alianza del Sector Privado para Sociedades Resilientes ante Desastres https://arise.mx/ 17. Fundación Axa México 3 Elaboración propia 18. Comité de Ayuda a Desastres y Emergencias Nacionales, A.C. 66 Sitio web del Comité de Ayuda a Desastres y Emergencias Nacionales, A.C. https://cadena.ngo/ 19. Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales, A.C. 5791 Sitio web de la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales, A.C. https://antad.net/asociados/ TOTAL DE UNIDADES ECONÓMICAS 20835 Aplicando la sumatoria de todos los sectores involucrados se obtiene un costo total de la norma de $263, 131,170 (doscientos sesenta y tres ciento treinta y un mil ciento setenta pesos 00/100 M.N.).

No aplica

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1
Describa de manera general los beneficios que implica la regulación propuesta#1

La regulación de la NOM-010-SSPC-2019, permitirá establecer buenas prácticas y experiencias en materia de protección civil y gestión del riesgo de desastres, contribuyendo a estandarizar una terminología común en la atención a incidentes (fenómenos perturbadores), contribuyendo a la generación de una cadena de mando para el control y ejecución del Sistema de Comando de Incidentes, así como recabar información cualitativa durante la ejecución del SCI. La información y datos que se generen a través de la aplicación del SCI podrán analizarse y sistematizarse con el objeto de establecer posteriormente políticas públicas focalizadas en protección civil, a fin de minimizar los posibles riesgos que puedan surgir por fenómenos perturbadores. Otros beneficios importantes y puntuales son los siguientes: ● El sistema gerencial que establece el SCI constituye una forma eficaz de organizarse para atender la emergencia con los respondientes que acuden a ella. ● El Staff de oficiales logra mayor certidumbre para poder apoyar en la seguridad (conocer los riesgos estructurales, químicos ambientales y organizacionales) que pueden afectar a los primeros respondientes. ● Se podrá comunicar la información de manera adecuada y objetiva a medios, así como a redes, sin generar confusión ni controversias. ● El SCI administrará de manera más racional el uso eficiente de los recursos. ● Además el SCI tendrá un mejor desarrollo y precisión al momento de distribuir las actividades de acuerdo a las atribuciones de las instituciones participantes, estableciendo los objetivos, estrategias y tácticas en el comando unificado.

Proporcione la estimación monetizada de los beneficios que implica la regulación#1

El costo de implementación asciende a $77,131,170 pesos, por lo que, se obtendrá un beneficio total que equivale a $869,068,830.00 pesos.

La regulación de la NOM-010-SSPC-2019, permite estandarizar una terminología común en la atención a incidentes (fenómenos perturbadores), generación de una cadena de mando para el control y ejecución del Sistema de Comando de Incidentes, asimismo, garantizaría recabar información cualitativa durante la ejecución del SCI. En cuanto a la relación costos-beneficios, cabe destacar, que el Sistema de Comando de Incidentes se concibe con un enfoque centrado en la reducción del riesgo y por ello constituye una dinámica con procesos de mediano y largo plazos. Es decir, en la medida en que la norma se aplique, a partir de ese momento, se tendría que reflejar en una reducción gradual de los daños y los riesgos año con año. Sin embargo, cuantificar los beneficios de su aplicación resulta por demás complejo debido a la creciente dimensión de los impactos de los fenómenos naturales que cíclicamente azotan el territorio nacional. Las consecuencias de un sismo mayor a los 7 grados de magnitud o los de un huracán categoría 5, como el que recientemente impactó a Acapulco y a Coyuca de Benítez, Guerrero, son ejemplos que muestran la dificultad de establecer rangos numéricos pertinentes sobre los beneficios de aplicar una regulación al respecto. Considerando esta limitación, determinada por las condiciones actuales en que suceden los fenómenos perturbadores, se podrían establecer escenarios de corto, mediano y largo plazos, a partir de la variación cuantitativa y porcentual del impacto histórico de las emergencias durante los años 2019-2022. AÑO MONTO (MILLONES DE PESOS) VARIACIÓN PORCENTUAL 2019 10,541 -30%* 2020 31,990 202% 2021 15,354 -52.00% 2022 16,600 8% VARIACIÓN 2019-2022 57% FUENTES DE CONSULTA Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y Centro Nacional de Prevención de Desastres. (junio de 2023). Resumen Ejecutivo del Impacto Socioeconómico de los Desastres Ocurridos en México, Resumen Ejecutivo 2022 [Archivo PDF]. Recuperado de https://www.cenapred.unam.mx/es/Publicaciones/archivos/455-RESUMENEJECUTIVOIMPACTO2022.PDF *Comparación realizada respecto al año 2018. Por ejemplo, la implementación del SCI en 2024 tendría que implicar una disminución en la mitigación de desastres cuando menos de $1, 328 millones de pesos (8%) con respecto a los costos de 2022 (este año se toma como referencia, pues aún no se dispone de la cifra del 2023). Para el 2025 se esperaría una reducción de $2,490 millones de pesos (16%), pues a medida que se normalice la aplicación del SCI, robusteciendo sus operaciones y realizando mejoras regulatorias se tendrían resultados más satisfactorios en la prevención y auxilio, invirtiendo la tendencia en el alza de los costos. Ya en el largo plazo (2026-2027) se esperaría un escenario con una dinámica del SCI que lograra abatir sustantivamente la disminución del riesgo por desastres en $9,462 millones de pesos (57%), porcentaje similar, pero invertido, al ocurrido durante el periodo 2019-2022; por lo cual contra, el costo de implementación de $77,131,170 pesos, se obtendría un beneficio total equivalente a $869,068,830.00.

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

El Sistema de Comando de Incidentes se realizará mediante los presupuestos asignados directamente a las entidades federativas, municipios, dependencias y entidades de la administración pública. Las designaciones presupuestarias son a criterio de cada ejecutor del SCI. Se desprende que en lo operacional corresponderá al sector público la autonomía administrativa, financiera, de operación y de gestión de la NOM, por lo que los aspectos financieros serán cubiertos con base a los Presupuestos de Egresos de cada orden de gobierno. Lo anterior con fundamento en el artículo 17 de la Ley General de Protección Civil que a letra dice: “Los gobernadores de los estados, el jefe de gobierno de la Ciudad de México, los presidentes municipales y los alcaldes de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, tendrán dentro de su jurisdicción la responsabilidad sobre la integración y funcionamiento de los sistemas de protección civil, conforme a lo que establezca la presente Ley y la legislación local correspondiente. Igualmente, en cada uno de sus ámbitos, se asegurarán del correcto funcionamiento de los consejos y unidades de protección civil, promoviendo para que sean constituidos, con un nivel no menor a Dirección General preferentemente y de acuerdo a la legislación aplicable, como organismos con autonomía administrativa, financiera, de operación y gestión, dependiente de la secretaría de gobierno, secretaría del ayuntamiento, y las alcaldías, respectivamente. “(Sic.) En relación a la generación del gasto, el sector público debe proceder a la adquisición de los insumos que forman parte de la NOM-010-SSPC-2019 conforme a sus posibilidades y métodos de adquisición con base a la normatividad aplicable, lo mismo aplica a la provisión de recursos que los sectores social y privado tendrían que realizar para hacer frente a los costos que implica esta norma en sus respectivos campos.

Apartado V. Evaluación de la propuesta

A través de los requerimientos de información de la Dirección General de Vinculación, Innovación y Normativa en Protección Civil (DGVIN) a los implementadores del SCI, conforme a los reportes que se generen de manera periódica y/o por otras necesidades que se requieran por otras autoridades en materia de protección civil (federal, estatal o municipal). De igual manera, la evaluación de la conformidad formaría parte del proceso de captación de información y vigilancia, facultad que es de exclusiva competencia de la DGVIN.

Apartado VI. Consulta pública

Si

Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1

Otro

Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

● Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; ● Secretaría de Gobernación; ● Secretaría de la Defensa Nacional; ● Secretaría de Marina; ● Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; ● Petróleos Mexicanos; ● Procuraduría Federal de Protección al Ambiente; ● Comisión Nacional Forestal; ● Unidad Estatal de Protección Civil y Bomberos Jalisco; ● Dirección de Protección Civil y Bomberos Guadalajara; ● Subdirección de Protección Civil y Bomberos Puerto Vallarta; ● Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos Zapopan; ● Dirección de Bomberos Tijuana; ● Heroico Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de México; ● Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado (SIAPA Jalisco); ● Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas; ● Universidad Nacional Autónoma de México; ● Cruz Roja Mexicana I. A. P.; ● Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional, Oficina de los Estados Unidos de Asistencia para Desastres en el Extranjero; ● Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de la CDMX; ● Visión Mundial de México, A. C., y ● Comisión Nacional de Emergencias, A.C.

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

La opinión de los interesados se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2019 en: http://diariooficial.segob.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5582966&fecha=27/12/2019#gsc.tab=0

La opinión de los interesados se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2019 en: http://diariooficial.segob.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5582966&fecha=27/12/2019#gsc.tab=0

Apartado VII. Anexos