Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Emitir el Código de Conducta de la Secretaría de Relaciones Exteriores, instrumento encargado de especificar de manera puntual y concreta, la forma en que las personas servidoras públicas deben observar los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética de la Administración Pública Federal, considerando la misión, visión, objetivos y atribuciones de la Dependencia.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El Código de Conducta, como instrumento deontológico obligatorio en el actuar de las personas públicas, y orientador para las personas que no cuentan con dicho carácter, no vulnera los derechos, obligaciones, prestaciones y trámites de las personas servidoras públicas ni de particulares, pues si bien, el Código de Conducta es uno de los instrumentos que marca las pautas de comportamiento en los procesos de investigación seguidos por parte del Comité de Ética y del Órgano Interno de Control Específico, su objetivo es promover el comportamiento ético al interior de la Administración Pública Federal, sin que ello implique la imposición de cargas u obligaciones adicionales a las contraídas con la incorporación a la APF.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos