Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El presente documento normativo tiene como finalidad establecer las bases generales para la profesionalización del personal de los Centros Públicos de Investigación Humanística y Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación (Centros Públicos), los mecanismos de acceso y promoción, así como los programas de desarrollo profesional y actualización permanente del personal humanista, científico, técnico y administrativo. Lo anterior, con el propósito de garantizar su estabilidad laboral, permitir su adecuado desenvolvimiento profesional, renovación y movilidad.

Apartado II.- Impacto de la regulación

Las Bases Generales que se requieren emitir no generan costos de cumplimiento hacia los particulares. Más bien, se limitan a regular lo que ya establece el artículo 80 de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, referente a garantizar la estabilidad laboral, permitir el adecuado desenvolvimiento profesional, la renovación y la movilidad del personal de los Centros Públicos. Esto, con la finalidad de contribuir al afianzamiento del Sistema Nacional de Centros Públicos como una herramienta de articulación de los recursos, infraestructuras y redes, con el objeto de contribuir con sus capacidades al diseño, ejecución y evaluación de actividades, programas y proyectos en materia de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación relacionados con las áreas estratégicas o prioritarias del desarrollo nacional o de atención indispensable considerados en la Agenda Nacional. Lo anterior, en cumplimiento del transitorio Sexto del DECRETO por el que se expide la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y de la Ley de Planeación, publicado el día 08 de mayo de 2023 en el Diario Oficial de la Federación, que le impone a este Consejo Nacional la obligación de emitir la normativa correspondiente a efecto de garantizar el cabal cumplimiento de la Ley General.

No

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Apartado III.- Anexos