Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

De conformidad con la normatividad vigente, las entidades paraestatales deberán sujetarse a la Ley de Planeación, al Plan Nacional de Desarrollo, a los Programas Sectoriales, y con base en ellos formular sus Programas Institucionales y someterlos a aprobación de su Órgano de Gobierno. El 4 de septiembre de 2022, el Secretario de Hacienda y Crédito Público Rogelio Eduardo Ramírez de la O, publicó en el DOF la resolución por la que se autoriza la constitución de una Empresa de Participación Estatal Mayoritaria denominada Grupo Aeroportuario Turístico Mexicano, S.A. de C.V., misma que estará agrupada en el sector coordinado por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, para llevar a cabo todas las acciones necesarias para administrar, operar, explotar y construir (en vías de ampliación y/o mejoras) el Aeropuerto Internacional de Tepic, Nayarit; para lo cual, prestará los servicios aeroportuarios, complementarios, comerciales, auxiliares y especiales, por sí o por conducto de diversas figuras jurídicas de derecho público y privado, así como obtendrá concesiones, permisos, licencias y cualquier tipo de autorizaciones gubernamentales y, en general, ejecutará todos los actos jurídicos que sean indispensables o convenientes para la gestión y desarrollo de la Sociedad, de conformidad con sus Estatutos Sociales y demás disposiciones aplicables.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La regulación propuesta atiende a lo dispuesto en la normatividad vigente y a la vez establece las directrices que guiaran las acciones del Grupo Aeroportuario Turístico Mexicano, S.A. de C.V. en el periodo 2023- 2024, buscando contribuir al bienestar general de la población y al desarrollo de la economía nacional. Por lo antes expuesto, la presente regulación propuesta No genera costos de cumplimiento para los particulares, independientemente de los beneficios potenciales que ésta genere, ya que sólo se hace del conocimiento del usuario y de la sociedad en general el Programa Institucional del Grupo.

No

No

No

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Apartado III.- Anexos