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Comentario al Expediente



En el 2015 la creación del SIPINNA constituyó un avance sin precedente en el cumplimiento de los derechos de la niñez y adolescencia en el país; la importancia fue tal que en su momento recibió el reconocimiento de la ONU y de su Comité de los Derechos del Niño, ya que mediante este sistema se impulsa un cambio de paradigma para garantizar los derechos de 40 millones de niñas, niños y adolescentes: un tercio de la población mexicana. Una de sus principales atribuciones es el generar una nueva manera de realizar políticas públicas desde el más alto nivel de decisión gubernamental donde todas las niñas, niños y adolescentes puedan exigir y ejercer sus derechos humanos, ya no como objetos de protección, sino como responsables de decidir y opinar lo que consideran mejor para ellas y ellos. Diversos organismos y expertos internacionales han señalado la relevancia del SIPINNA como un órgano colegiado al más alto nivel del Estado. El SIPINNA establece y articula la implementación de políticas y programas para la niñez y adolescencia, vinculando a todos los sectores y órdenes gubernamentales, determinando responsabilidades específicas para cada uno de ellos en torno a la garantía y cumplimiento de los derechos de niñas, niños y adolescentes. La eliminación de estos mecanismos podría constituir un retroceso respecto de la efectiva protección de la niñez en el país, desde la perspectiva de los estándares internacionales en materia de infancia, así como del deber estatal de garantizar el interés superior de la niñez, compartimos nuestra inquietud ante la posibilidad que la Iniciativa bajo análisis podría poner en riesgo la efectiva implementación de la Ley General de los Derechos de las Niña, Niños y Adolescentes, además de invisibilizar a la niñez y mermar la protección efectiva de sus derechos. En particular, sobre el proyecto contenido en la Iniciativa, REDIM de manera respetuosa se permite llamar la atención acerca de los siguientes aspectos en los que se destaca la importancia y necesidad del SIPINNA: • El SIPPINA a diferencia del SNDIF tiene como ámbito de acción todos los niveles de gobierno en sus respectivas competencias y tiene la función de coordinarlos a todos a favor de los derechos de las infancias. Su creación y existencia era una deuda que el Estado mexicano tenía con las infancias y adolescencias, en materia de cumplimiento de la Convención de los Derechos del Niño. • El Sistema DIF además por su naturaleza, procesos y objetivos cuenta con un enfoque asistencial, a diferencia del SIPINNA donde el enfoque es de derechos humanos priorizando el Interés Superior del Niño. Es decir, las medidas y acciones serán muy diferentes para garantizar el desarrollo adecuado de cada niño, niña y adolescente. • El Sistema DIF, que es parte de la Secretaría de Salud y carece de las capacidades operativas, técnicas y de enfoque de derechos para asegurar cumplir con las funciones del actual SIPINNA. • El SIPINNA representa la suma de todas las instancias de la administración pública federal, encabezadas por el Presidente de la República, que se reúnen al más alto nivel político con un carácter deliberativo y decisorio para acordar y ejecutar de manera articulada y coordinada políticas, programas, estrategias y acciones para promover el cumplimiento integral de los derechos de la niñez y la adolescencia en el país, a partir de las facultades y competencias de cada una. Sus acuerdos son vinculantes para los diferentes sectores y órdenes de gobierno. • La preservación y fortalecimiento del SIPINNA es fundamental para optimizar el quehacer de las instituciones y los recursos con los que cuentan y evitar traslapes y duplicidades, potenciando los recursos de la administración pública a fin de ser más efectivos y eficientes en el cumplimiento de los derechos de la niñez y la adolescencia en el marco de un escenario austeridad y recursos limitados. • El SIPINNA ha logrado de igual manera generar y articular mecanismos entre las instituciones públicas y privadas del país, fortaleciendo el vínculo entre el Estado y las organizaciones de la sociedad civil, a partir de agendas de trabajo en torno a derechos, grupos poblacionales o situaciones de vulnerabilidad específicas como embarazo adolescente, matrimonio infantil, prevención de la violencia, primera infancia, entre otras. • El SIPINNA cuenta con una estrategia focalizada para atender las necesidades y retos en materia de niñez como lo es el PRONAPINNA, que además de involucrar a instituciones de gobierno, también incluye a las organizaciones de la sociedad civil y así implementar políticas públicas transversales e integrales. El SNDIF no es la instancia idónea para coordinar la política nacional en materia de protección de derechos de la niñez. La implementación de la propuesta resultaría en un doble menoscabo que debe analizarse, ya que deja de lado la política pública y la coordinación interinstitucional para la protección de derechos, uno de los grandes logros y objetivos del SIPINNA. Por lo que, la eliminación del SIPPINA y su absorción al DIF desconoce la realidad multifactorial y compleja de la protección de la niñez; es contraria al principio de progresividad, así como al artículo 4° constitucional que establece la obligación de todas las autoridades del Estado a participar en la garantía del interés superior de la niñez y a su vez contrario los compromisos adquiridos por México a nivel internacional como la Convención sobre los Derechos del Niño. La experiencia comparada de derecho y política pública en el ámbito de protección de las infancias y de sus derechos nos indican que es necesario contar con un sistema especializado y dirigido únicamente a la niñez. Como podemos observar, la medida propuesta por el ejecutivo no responde a la complejidad del problema de garantía de los derechos de la niñez en México, no ayudará en términos de austeridad ni toma en cuenta los logros del SIPINNA hasta ahora. La garantía efectiva de los derechos de las infancias requiere que se respeten las atribuciones esenciales para continuar con la operación de la Secretaría Ejecutiva del SIPINNA como la coordinación con gobierno federal, estatales y municipales y el apoyo a entidades federativas para cumplir con las obligaciones que les mandata la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como el impulso de los mecanismos de participación de niñas, niños y adolescentes, entre otros.