
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Art. 9, De esta redacción se entendería que cualquier dirección general cuenta con facultades para emitir normas oficiales mexicanas, sin embargo, la materia respecto de las cuales se pueden emitir las mismas se encuentra especificada en la LGGEEPA y demás ordenamientos legales en materia ambiental y de ellas se deduce que solamente algunas de las direcciones generales tendrían dichas facultades. También tendrían que adecuarse los términos a la recién publicada Ley de Infraestructura de la Calidad al hacer referencia a propuestas en lugar de anteproyectos.