Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

Logosimir

Estás aquí­: Inicio /respuesta_texto_encuestas/7607

Comentario al Expediente



Dice: "Artículo 40.- Las contrataciones que las Instituciones realicen para la adquisición de bienes, arrendamientos o prestación de servicios en materia de TIC y SI, deberán contar con un Dictamen Técnico favorable expedido por la CEDN.". A diferencia del Acuerdo que se abroga, la pregunta es si las Tecnologías de Operación (TO), quedan fuera del alcance o aplicación de este Acuerdo.