Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



• Consideramos que es conveniente actualizar el inciso f. de la sección 5.1.2 Proyecto arquitectónico, del Proyecto de Norma PROY-NOM-005-ASEA-2016, para que indique “Gabinete surtidor de aire y agua”, en lugar de “Gabinetes surtidores de aire y agua”. Lo anterior debido a que la sección 6.4.5 Conducción de agua y aire, inciso a. Surtidor para agua y aire, habla de “El surtidor de agua y aire será de material…”, en singular. Por lo que interpretamos que la Norma en cuestión, establece que al menos debe existir un surtidor de agua y aire en la estación de servicio • En la sección 6.2.3. Sanitarios para clientes, no se indica que se pueda ofrecer el servicio de sanitarios para clientes en las estaciones de servicio que formen parte de centros comerciales. Sin embargo, en la sección 5.4.3 de la Norma Emergente NOM-EM-001-ASEA-2015 sí se incluye la posibilidad de ofrecer el servicio de sanitarios para clientes desde las instalaciones de centros comerciales. Consideramos que debe mantenerse en la sección 6.2.3 del Proyecto de Norma, toda vez que existen estaciones de servicio que pueden ser construidas dentro de centros comerciales que cuentan con instalaciones desde donde puede ofrecerse este servicio a los clientes. En adición a lo anterior, en la sección la sección 6.2.4. Sanitarios, regaderas y vestidores para empleados del Proyecto de Norma PROY-NOM-005-ASEA-2016, si se contempla la posibilidad de ofrecer el servicio de sanitarios para empleados desde las instalaciones de los centros comerciales de los que formen parte • Consideramos que debe ampliarse la descripción de los materiales de construcción de los que pueda ser el contenedor primario en la sección 6.3.3. Características de los tanques, inciso a. Materiales de construcción de Tanques subterráneos y superficiales confinados, a fin de que el contenedor primario pueda ser también de fibra de vidrio, de acuerdo a lo señalado en el código UL1316. Lo anterior, no solo porque ya está considerada esta posibilidad tanto para el contenedor secundario en esta misma sección 6.3.3. Sino también para las tuberías flexibles especificadas en la sección 6.4.2. Sistemas de conducción de combustibles, inciso 2. Tuberías y accesorios para conducción de combustibles, párrafo 4, en donde se contempla que las tuberías pueden ser de material flexible termoplástico de doble pared de acuerdo a lo señalado en el código UL-971. Los tanques de fibra de vidrio cuentan beneficios importantes tanto para propietarios como para el medio ambiente, además de que son ampliamente utilizados en mercados maduros, como el de los Estados Unidos de América