Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



Consideramos que los puntos 6.4, y los objetivos prioritarios 1.6.3, 1.6.4, 1.6.5 y 1.6.6, del Anteproyecto de Programa Sectorial de Energía 2020-2024, impactan fuertemente a la industria eléctrica mexicana y también la operación del Sistema Eléctrico Nacional, por lo que se requiere hacer un análisis profundo por parte de la autoridad competente en coordinación con los sectores público, social, privado y académico, como se estipula en la fracción X del artículo 8 de la Ley General de Mejora Regulatoria (LGMR). La condición de exención de un Anteproyecto es que la propuesta no implique mayores costos para todos los particulares y que requiera actualización periódica la regulación; en este caso el cumplimiento del anteproyecto, implicaría nuevos costos para los participantes de la Industria Eléctrica, ya que se establecen nuevas obligaciones. El Anteproyecto contradice el Art. 7 de la LGMR ya que no otorga seguridad jurídica ni propicia certidumbre de derechos y obligaciones aunado a que, pretende fortalecer a un participante del mercado, por lo que no tendría coherencia ni armonización con regulaciones anteriores afectando a toda luz la competencia económica y el funcionamiento eficiente del sector eléctrico. Además, el Anteproyecto no se encuentra alineado con el Acuerdo de Paris, ratificado por el Senado de la República, lo que lo hace vinculante. En base a los puntos arriba enunciados, solicitamos atentamente que se realice un Análisis de Impacto Regulatorio que acompañe al Anteproyecto referido, se someta a consulta pública, para beneficio del sector eléctrico y de nuestro país.