
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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El que suscribe L.N. Cervando Rivera Martinez con cedula profesional 6612126 emitida por la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo en uso de su derecho constitucional como ciudadano mexicano emite el siguiente comentario: Después de haber leído el documento encuentro los siguientes puntos de mejora: 1.- En el numeral 4.5.2.4.15 dice " Los valores de composición bromatológica que figuren en la declaración de nutrimentos del producto preenvasado, deben ser valores medios ponderados derivados por análisis, bases de datos o tablas reconocidas internacionalmente." y debe decir: "Los valores de composición bromatológica que figuren en la declaración de nutrimentos del producto preenvasado, deben ser valores medios ponderados derivados por análisis, bases de datos o tablas reconocidas internacionalmente y se evidencie en documentación signada por un responsable profesionista con cedula profesional (Nutriólogo, Ing, en Alimentos, Lic. en alimento, Ingeniero en química de los alimentos etc, etc, etc.); como sustento técnico" Justificación: Se debe tener evidencia documental del proceso de obtención de los datos nutrimentales por profesionales a fin de evitar prácticas indebidas como son la invención, duplicidad o copia de datos con dolo que perjudiquen al consumidor y que se pueden tipificar como “FRAUDE DE INFORMACIÓN NUTRIMENTAL” 2.- En el numeral 6.2 Declaraciones de propiedades condicionales inciso c) dice: "Términos como “orgánico”, “ecológico”. “biológico” y las denominaciones con prefijos “bio” y “eco”, deben ajustarse a lo establecido en la Ley de Productos Orgánicos (ver Bibliografía), y aplicar los demás términos que se establezcan en alguna otra Norma Oficial Mexicana o marco jurídico aplicable." y debe decir: "Términos como “orgánico”, “ecológico”, "casero", "artesanal". “biológico” y las denominaciones con prefijos “bio” y “eco”, deben ajustarse a lo establecido en la Ley de Productos Orgánicos (ver Bibliografía), y aplicar los demás términos que se establezcan en alguna otra Norma Oficial Mexicana o marco jurídico aplicable." Justificación: En ocasiones el productor justifica el incumplimiento de la norma aludiendo a los términos "casero" "artesanal" los cuales al no estar explicito la obligación se interpretan como permisible la omisión de cumplimiento. 3.- En el numeral 8. Verificación y Vigilancia dice; "La verificación y vigilancia de la presente Modificación de Norma Oficial Mexicana se llevará a cabo por la Procuraduría Federal del Consumidor, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y las dependencias competentes, en el ámbito de sus respectivas competencias, de acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley General de Salud, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y demás ordenamientos jurídicos aplicables." y debe decir: "en el numeral 8. Verificación y Vigilancia dice; "La verificación y vigilancia de la presente Modificación de Norma Oficial Mexicana es obligatoria para ala comercialización en territorio mexicano y se llevará a cabo por la Procuraduría Federal del Consumidor, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y las dependencias competentes, en el ámbito de sus respectivas competencias, de acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley General de Salud, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y demás ordenamientos jurídicos aplicables." Justificación: Evidenciar el cumplimiento de norma como requisito indispensable para la comercialización del alimento o bebida no alcohólica mediante la constancia de verificación de información comercial emitida por Profeco o Unidad de verificación de información comercial en vinculación y articulación con la COFEPRIS para evitar duplicidad de verificaciones e interpretaciones contradictorias. Sin más y en espera de que las observaciones emitidas sean tomadas en cuenta para asegurar el cumplimiento de esta normatividad en beneficio del consumidor. quedo como su seguro servidor. ATTE: L.N. Cervando Rivera Martinez Cedula profesional 6612126 UAEH cervandorivera @gmail.com