
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Solicito la corrección de la definición de 3.14 Calibración: al conjunto de operaciones que determinan, bajo condiciones especificadas, la relación entre los valores indicados por un instrumento o sistema de medición, o los valores representados por una medición material y los valores conocidos correspondientes a un patrón de referencia. Dicha definición en el PROYECTO de NOM hace falta agregar la incertidumbre como lo define el Centro Nacional de Metrología (CENAM). La definición emitida por el Centro Nacional de Metrología (CENAM) Vocabulario Internacional de Metrología - Conceptos fundamentales y generales, y términos asociados (VIM) 1a Edición en español, 2008 que está basada en el vocabulario emitido por el Buró Internacional de Pesos y Medicas que dice: 2.39 (6.11) calibración, f operación que bajo condiciones especificadas establece, en una primera etapa, una relación entre los valores y sus incertidumbres de medida asociadas obtenidas a partir de los patrones de medida, y las correspondientes indicaciones con sus incertidumbres asociadas y, en una segunda etapa, utiliza esta información para establecer una relación que permita obtener un resultado de medida a partir de una indicación. Existe una segunda definición de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización que está alineada al del CENAM: II. Calibración: el conjunto de operaciones que tiene por finalidad determinar los errores de un instrumento para medir y, de ser necesario, otras características metrológicas.