
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Juan Manuel Gutiérrez Martín, en mi carácter de Presidente de la UNIÓN NACIONAL DE AVÍCULTORES, vengo en debidos tiempo y forma a realizar comentarios en relación con el “Acuerdo que modifica al diverso por el que se da a conocer el cupo para importar con el arancel-cupo establecido, carne de pollo”, publicado en la página de la CONAMER el 26 de abril de 2019. Al respecto, es de señalarse que los argumentos utilizados por la Secretaría de Economía para ampliar el monto del cupo de carne de pollo para evitar un posible desabasto debido a las alertas sanitarias por Influenza Aviar de “baja prevalencia” y “altamente patógena”, así como por brotes de Newcastle, resultan infundados; lo anterior toda vez que la producción nacional de carne de pollo actualmente no tiene afectaciones por las supuestas contingencias sanitarias de influenza aviar o brotes de Newcastle que señala la citada autoridad. Esto es, las consideraciones que dieron lugar a la creación del cupo para importar carne de pollo, manifestadas en Acuerdo publicado en Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de mayo de 2013 y sus subsecuentes modificaciones, han dejado de tener vigencia; es decir, las condiciones sanitarias que originaron las fluctuaciones en la producción han dejado de causar mermas en los niveles productivos, como se argumentó en las publicaciones en el DOF del 15 y 16 de mayo de 2013, 28 de febrero de 2014, 8 de agosto de 2013 y diversas posteriores, por lo que es falso que exista desabasto o riesgo del mismo, para lo cual se deba ampliar las opciones de proveeduría externa. Para demostrar lo anterior, se debe mantener en perspectiva las fluctuaciones de la producción y consumo de carne de pollo en el país, y las importaciones de carne de pollo a nuestro país. En este sentido, los argumentos esgrimidos por la autoridad en el proyecto mediante el cual se pretende ampliar el monto del cupo de carne de pollo, al señalar que dicho aumento es para evitar un desabasto, resulta infundado, ya que el crecimiento de la producción nacional se mantiene; además se estima un crecimiento del 3% en el ejercicio 2019, crecimiento que se ve limitado debido a las importaciones desleales de pierna y muslo provenientes de Estados Unidos por debajo de sus costos de producción, práctica de dumping determinada por la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, mediante la Resolución Final de la Investigación Antidumping, publicada en el DOF el 6 de agosto de 2012, y nuevamente validada el 28 de agosto de 2018, así como por los cupos unilaterales impuesto por la misma Secretaría, pues por efecto de éstas, la avicultura nacional está creciendo en un porcentaje menor, en lugar de crecer a una tasa del 5%. Así, la situación es preocupante, se debe a que la avicultura mexicana está en riesgo ante el creciente volumen de importaciones de pierna y muslo de Estados Unidos y pechugas de Brasil, que en conjunto representan actualmente el 13% de la producción nacional; por las que se estima, que las aves que se dejan de producir en México ascienden a 250 millones de pollos, lo que equivale a 13,362 millones de pesos y dejan de crearse alrededor de 100 mil empleos. Lo anterior cobra relevancia, pues tan solo en 2018 México recibió 109,873 toneladas de carne de ave provenientes de Brasil. Ello, pese a que un gran número de países han cerrado sus mercados a productos avícolas de Brasil, debido a que no respetan las normas sanitarias, ejemplo de esto, es el caso de la Unión Europea, que prohibió la importación de carne de pollo de 20 frigoríficos brasileños, por deficiencias detectadas en el sistema brasileño de control sanitario, dando a conocer un esquema de corrupción que ocultaba casos de salmonela en carne de pollo. Un caso más es la imposición por parte de China de cuotas compensatorias del 17.8% y 32.4% al pollo originario de Brasil el pasado mes de febrero, por un periodo de cinco años. Asimismo, Brasil ha ido perdiendo beneficios en mercados como Tailandia, Argentina y Chile. En este orden de ideas, es importante señalar que el cupo de importación de pollo libre de arancel NO ha favorecido al consumidor, ya que los márgenes que se tienen en la cadena de distribución van al alza, por lo que no existe ningún beneficio de las importaciones. Lo anterior, queda demostrado dado que durante el lapso de permanencia del cupo de importación de pollo libre de arancel, los precios al público consumidor no han disminuido, por el contrario, han seguido aumentando. Además de lo antes señalado, tomando como referencia que la Secretaría de Economía argumenta que la ampliación del monto del cupo de importación de carne de pollo es, evitar un posible desabasto de este producto, deberían excluirse las fracciones 02.07.1303, 02.07.14.04 correspondientes a pierna y muslo, fresca y congelada y las fracciones genéricas 02.07.1399 y 02.07.1499 por las cuales ingresan al país pechugas de pollo; por ser productos que ingresan a un precio menor al de venta nacional y que en gran medida son procesados y vendidos a un costo superior después de su procesamiento, afectando así a la industria nacional. Esto, se corrobora con la gráfica anterior, en la que se muestra que los precios al público consumidor no han disminuido. En este contexto, si el supuesto desabasto argumentado por la autoridad podría darse en carne de pollo, la ampliación del monto del cupo debería ser únicamente para importar pollo entero a través de las fracciones 0207.1101 y 02.07.1201. Respecto al tema sanitario, es de señalarse que la razón por la que la Secretaría de Economía abrió el cupo unilateral de importación de carne de pollo por 300 mil toneladas no subsiste en la actualidad, tal y como se demuestra a continuación. Para demostrar lo anterior, resulta importante resaltar las siguientes manifestaciones, que fueron tomadas del oficio BOO.02.07.05.3357/2018, de fecha 18 de octubre de 2018, signado por el Director General de Salud Animal del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA): En 2012 la principal pérdida, se debió a la mortalidad de las aves por la infección del virus de influenza aviar tipo A H7N3, la cual ascendió a 22.5 millones entre aves muertas y sacrificadas; no obstante, durante los siguientes años no se presentaron grandes índices de mortandad debido al virus. Aunado a lo anterior, es imperativo remarcar el señalamiento de la citada autoridad, el cual a la letra se transcribe “Las aves afectadas en el año 2018 corresponden a predios de traspatio. El último caso de influenza aviar tipo A H7N3 que se presentó en granjas tecnificadas, fue en abril de 2017.” Visto todo lo anterior, resulta evidente que los brotes de influenza aviar A H7N3 a lo largo de los años 2012 a 2017, no representaron motivo alguno para reducir la producción y el abasto de pollo, ni tampoco una afectación a los precios o la estabilidad o suficiencia en el abasto del mercado interno, como erróneamente lo señala la Secretaría de Economía. Es de suma importancia tener en perspectiva que la finalidad de las aves de traspatio es la de autoconsumo, y no así, la de comercialización general. De lo antes señalado, se puede demostrar que el riesgo aludido por la Secretaría de Economía para aumentar el monto del cupo de carne de pollo, dejó de existir, ya que como quedó demostrado, en 2018 ya no se presentaron casos del virus en granjas tecnificadas; aunado a que la mortandad de aves presentada en los años 2017 y 2018 fue mínima. Por otra parte, SENASICA instrumentó desde el año 2012, un sistema permanente de monitoreo de enfermedades aviares; mediante el cual en el momento en que se detecta algún brote, las autoridades sanitarias actúan de inmediato para eliminarlo y salvaguardar la salud de las parvadas. Son de destacar, las actividades de vigilancia epidemiológica, sus hallazgos contra el virus de IAAP H7N3 y las medidas contra epidémicas aplicadas, que el SENASICA ha realizado desde 2012 a la fecha, actividades también instauradas en el oficio ya aludido en párrafos anteriores: a) Se han analizado más de cuatro millones de muestras. b) Hallazgos encontrados: Año 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 Total Postura 0 16 0 0 12 1 0 0 Reproductoras 0 6 0 0 1 0 0 0 Engorda 0 6 1 0 1 0 0 0 Total 0 28 1 0 14 1 0 33 Cuadro tomado del oficio BOO.02.07.05.3357/2018 emitido por el SENASICA c) Medidas contra epidémicas aplicadas por SENASICA para cerrar focos: Cuarentena a las Unidades de Producción Avícola (UPA) afectadas. Despoblación de la UPA, mediante sacrificio humanitario y disposición sanitaria. Eliminación de los desechos y excretas (previo tratamiento térmico) dentro de las instalaciones de la granja. Limpieza, lavado y desinfección de las instalaciones, material y equipo contaminado. Vacío sanitario de 21 días. Introducción de aves centinelas en la granja, previa constatación como negativas. Muestreo en la zona focal y peri focal para descartar la circulación viral. Estos hallazgos a la vigilancia epidemiológica reflejan: A) Transparencia de información y que las medidas para hallar posibles riesgos (actuando a tiempo y eliminarlos) funcionan. B) Ubicación de partículas virales y su presencia en las aves de corral, en ocasiones en otro tipo de aves. C) Ayudan a que la autoridad mantenga acciones correctivas, haciendo un análisis técnico o de riesgo para cada caso en particular. D) Ayuda a evaluar si las medidas aplicadas han sido las correctas o se deben mejorar o reforzar (bioseguridad, control de la movilización, vacunación, entre otras). E) Se obtienen partículas virales que permiten realizar análisis moleculares, con la finalidad de conocer posibles cambios, teniéndolo en cuenta dentro de las acciones contra epidémicas. Ahora bien, respecto a los recientes brotes de Newcastle en EUA, es necesario destacar que, si bien es cierto que se encuentra prohibida la importación a México de mercancías aviares cuando procedan de los condados de Los Ángeles, San Bernardino, Riverside y Ventura, en California y del Condado de Utah en Utah; también lo es que, no hay vinculación epidemiológica oficialmente determinada a los brotes que se están presentando en México. México, con bases técnico-científicas, las cuales son auditables a nivel internacional, por medio de la publicación en el DOF, se declaró libre de la Enfermedad de Newcastle en junio de 2015, dejando el marco legal para mantener dicho estatus y las medidas de vigilancia epidemiológica que se siguen aplicando hasta la fecha. En las cifras presentadas en las gráficas anteriores, se puede visualizar que, con las medidas implementadas por la autoridad sanitaria, en coadyuvancia con los productores nacionales, la avicultura mexicana tiene bajo control ambas enfermedades, lo cual refleja crecimientos tanto de la producción de pollo de engorda, como en gallina de postura (huevo para plato), demostrando hasta el momento un bajo impacto en los sistemas de producción. Cabe destacar, que el riesgo cero no existe, pero es muy importante demostrar todas las acciones que se han tomado, su avance y experiencia en la aplicación de las medidas antes mencionadas, indicando una minimización importante del riesgo (se detecta a tiempo, se actúa a tiempo, se elimina el riesgo a tiempo y después de un análisis técnico o de riesgo se hacen las acciones correctivas que el modelo de vigilancia epidemiológica requiera, dentro de una mejora continua), lo cual reduce en forma importante los impactos en la productividad de la avicultura nacional. Así, con su recuperación en materia sanitaria y la capacidad de control de la autoridad sanitaria, México es un país con la capacidad de ser autosuficiente en la producción de carne de pollo, una de las premisas del plan de desarrollo del gobierno federal. Por lo anterior, es requerido que la Secretaría de Economía cambie la política de la aplicación de cupos de importación para generar certidumbre en los sectores productivos mexicanos; dado que la actual política de cupos no fomenta las inversiones, ni la competencia de la producción pecuaria, por el contrario, desalienta a quienes han producido el alimento de los mexicanos; asimismo, mantener el cupo abierto tiene un mayor impacto a la viabilidad productiva, que el actual control de las enfermedades antes mencionadas. Finalmente, es de señalar el impacto diferenciado en el sector avícola nacional, que tendría ampliación del monto del cupo por 55,000 toneladas; pues se trata de un cupo unilateral de importación de carne de pollo de terceros países sin Tratado de Libre Comercio: A) Se dejarían de producir 28.3 millones de pollos, equivalentes a 1,504 millones de pesos. B) No se generan 12,449 empleos, que equivalen a: 2,117 empleos directos y 10, 332 empleos indirectos. C) Aunado a lo anterior, causaría además afectación a otras industrias, pues se dejarían de consumir anualmente: 124,598 toneladas de Alimento Balanceado 78,497 toneladas de granos forrajeros 24,919 toneladas de Pastas Oleaginosas 21,182 toneladas de otros ingredientes Derivado de lo anterior, por medio del presente solicito a esa Comisión que por este medio tenga por presentados los comentarios de la Unión Nacional de Avicultores respecto del “Acuerdo que modifica al diverso por el que se da a conocer el cupo para importar, con el arancel-cupo establecido, carne de pollo”. Mediante estos comentarios se sustenta que NO es necesaria, ni conveniente, una ampliación del referido cupo, solicitando NO se amplíe el mismo. En todo caso, si existiera un posible desabasto, la ampliación al monto del cupo sea ÚNICAMENTE para importar pollo entero a través de las fracciones 0207.1101 y 02.07.1201, por las razones esgrimidas en el presente. Finalmente, es importante señalar que el anteproyecto que nos ocupa únicamente beneficia el ingreso de mercancía en condiciones desleales, situación que trae como consecuencia que las importaciones se posicionen por encima no solo de la producción nacional, sino por encima de las importaciones de cualquier otro país en condiciones de mercado, lo cual trae como consecuencia la desprotección a la rama de la producción nacional que represento. Además, esta medida iría en contra de lo que ha sostenido la nueva administración federal en cuanto apoyar la creación de empleos y el crecimiento económico de nuestro país; el sector avícola nacional puede contribuir con ello, siempre y cuando los avicultores mexicanos tengan las condiciones adecuadas para ello, NO permitiendo importaciones en condiciones desleales y defendiendo a los productores mexicanos de inundación de producto importado a precios injustificados que dañan tanto a las cadenas productivas mexicanas. La industria avícola mexicana puede abastecer al mercado mexicano sin necesidad de cupos los que solo dañas a la avicultura nacional. Lo anterior, se traduce en una clara contravención a lo dispuesto por el artículo 25 de nuestra Constitución Política, en ese sentido, al establecer una ampliación del cupo para importar carne de pollo, violenta los derechos de la producción nacional avícola y el Estado incumple con sus obligaciones, ambos establecidos en el citado artículo. Agradeciendo de antemano la atención que brinde a la presente, le envío un cordial saludo. A T E N T A M E N T E. Lic. Juan Manuel Gutiérrez Martín Presidente de la Unión Nacional de Avicultores