Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



En este sentido es importante para nosotros dejar bien calro que en la actualidad y bajo las reglas del Gobierno Federal actual, para que una empresa textil pueda operar en Mexico es necesario cumplir con los siguientes requisitos: 1.- Estar constituida formalmente ante notario publico. 2.- Estar dada de alta ante el SAT 3.-Tener autorizado un programa de maquilador, expedido por la secretaria de economia. 4.-Tener autorizado un padron general de importadores. 5.-Tener autorizados padrones de sectores especificos ( sencibles, textil,acero etc) 6.-Tener dados de alta ante el IMSS a los trabajadores 7.-Contar con una Software anexo 24. 8.-Contar con una certificacion en materia de IVA-IEPS para poder estar exento del pago de impuestos por tratarse de mercancias importadas en forma temporal para su posterior retorno al extranjero. 9.- En caso de contar con certificacion se tiene la obligacion de llevar anexo 31 para informar a SAT de los movimientos realizados en el mes inmediato anterio. 10.- En caso de que la empresa no cuente con la certificacion esta debera pagar los impuestos y contar con una ampliacion tramitada ante la secretaria de economia en la dicha autoridad determina segun sus criterios las cantidades autorizadas y cada cuatro meses debera volver a tramitar dicha ampliacion. 11.- Ahora con la nueva modoficacion de la regla 3.3.1 la secretaria de economia pretende que las empresas que importes mercancias del anexo II del decreto, es decir AZUCAR, ACERO, TEXTILES, ALUMINIO, METALES, TABACO, y COBRE/PLOMO y que cuenten con Autorizacion para la importacion de los referidos apartados, apartir de 2019 tendran, la obligacion de garantizar a traves de empresas afianzadoras por la autoridad y por medio de una garantia revolvente anual, la cual deberan transmitir a la autoridad en la importacion de las mercancias que se encuentran listadas como mercancias sencibles contenidas en el Anexo II del decreto IMMEX aun y cuando cuenten con una certificacion y todos los demas requistos mencionados anteriormente. En terminos especificos la entrada en vigor de esta Regla y la modificacion al decreto IMMEX eliminaria la actividad de este grupo de empresas que no solo existen en el Estado de Baja California, parte de Sonora y tambien en el interior de la republica. Luego entonces porque nos quiren imponer una nueva regulacion por parte de la Secretaria de economia mediante la regla3.3.1 si ya existe por parte de servicio de Administracion Tributaria una regulacion muy estricta el el mismo sentido, tratandose de facultades concurrentes. La aplicacion de tantas regulaciones siempre a sido combatir el mal uso que se le a dado a los registros IMMEX y la Certificaion pero con todos los controles, visitas de verificacion, imposicion de medidas de control interno para dar cumplimiento a reportes ante la autoridad se a provocado una desmedida corrupcion a todos los niveles en mi opinion si la autoridad tiene conocimiento de montos omitidos ya deberian de tener un credito en firme porque de no ser asi no se puede cambiar un decreto por solo una especulacion.