Estimado Comisionado:
Me refiero al anteproyecto al rubro citado y le reenvío los comentarios que en debido tiempo y forma fueron envíados a través de los medios indicados de acuerdo a la publicación del anteproyecto en el DOF del 2 de mayo de 2018 (El presente Proyecto se publica a efecto de que los interesados, dentro de los 60 días naturales siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, presenten sus comentarios por escrito, en medio magnético, en idioma español y con el soporte técnico correspondiente, ante el Comité Consultivo Nacional de Prevención y Control de Enfermedades, sito en Lieja No. 7, primer piso, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México, México, teléfono y fax 55-53-70-56, correo electrónico: pablo.kuri@salud.gob.mx.)
Ya que notamos, que además de haber sido soslayados por el Comité Consultivo Nacional de Prevención y Control de Enfermedades en el anteproyecto que le fue enviado para consulta, tampoco le hicieron llegar los mismos, no obstante que recibimos confirmación de su recpeción.
Saludos
Lourdes Salazar
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De: Liliana Reyes Sanvicente [mailto:liliana.reyes@salud.gob.mx]
Enviado el: viernes, 29 de junio de 2018 06:16 p. m.
Para: mlsalazar@vwys.com.mx
Asunto: Re: Comentarios al proyecto de NOM-050-SSA2-2018
Estimada Ma. de Lourdes, por este medio confirmo la recepción de sus comentarios para la atención correspondiente,
Saludos cordiales,
Liliana Reyes Sanvicente
Secretaria Técnica del CCNNPCE
________________________________________
De: Pablo Kuri Morales
Enviado: viernes, 29 de junio de 2018 05:58 p. m.
Para: Liliana Reyes Sanvicente
Asunto: Fwd: Comentarios al proyecto de NOM-050-SSA2-2018
Enviado desde mi iPhone
Inicio del mensaje reenviado:
De: Lourdes Salazar y Vera
Fecha: 29 de junio de 2018, 15:17:53 GMT-5
Para: pablo.kuri@salud.gob.mx
Asunto: Comentarios al proyecto de NOM-050-SSA2-2018
Por medio del presente, María de Lourdes Quetzal Salazar y Vera proporciono diferentes comentarios al proyecto de “NOM-050-SSA2-2018, Para el fomento, protección y apoyo a la lactancia materna” (la NOM), con la finalidad de que sean tomados en consideración para su modificación.
I. Modificar el uso de lenguaje restrictivo. Bajo la redacción actual la NOM restringe la lactancia hasta los 2 años. Se debe modificar para que se indique que “por lo menos hasta los dos años y hasta en tanto la mamá y el bebe/niño quieran seguirla”.
A lo largo de la NOM, de forma desafortunada se usa lenguaje que refiere a que la lactancia materna solo sirve hasta los 2 años o en el mejor de los casos “hasta avanzado el segundo año de vida), lo cual además de resultar incorrecto, suma a prejuicios “como el que la leche a determinada edad se convierte en agua”, con lo que se perjudica en la vida de las mamás y los bebés que lactan más allá de los 2 años de vida.
Peor aún, la NOM indica que solo establece procedimiento de protección y apoyo en la lactancia hasta los 2 años. Restringiendo entonces, el apoyo a lactancias que aunque mal denominadas, llaman “prolongadas”.
A manera de ejemplo se citan diversas partes de la NOM, sin menester a que dicha situación se encuentra en muchas partes más a lo largo de toda la NOM:
“Que existe evidencia científica que demuestra que la práctica de la lactancia materna hasta los 2 años de edad reduce la mortalidad infantil de 55-84%;
…
Que la leche materna es una fuente importante de energía y nutrientes para los niños de 6 a 23 meses, también es una fuente esencial de energía y nutrientes durante las enfermedades, y reduce la mortalidad de los niños malnutridos;
Que el fomento de la práctica de la lactancia materna hasta los 2 años de edad se ha incorporado en programas nacionales prioritarios como la Cruzada contra el Hambre…
La Organización Mundial de la Salud recomienda mantener la lactancia materna hasta los 2 años de edad…
..avances en el estudio de la epigenómica, han demostrado que la alimentación con leche humana hasta avanzado el segundo año de vida, consigue…
…
1. Objetivo y campo de aplicación 1.1 Esta Norma establece los criterios y procedimientos para la promoción, protección y apoyo a la práctica de la lactancia materna hasta los 2 años de edad, siendo alimento exclusivo durante los primeros seis meses de edad.
…
3.16 Promoción de la lactancia materna: a fomentar acciones en la población para favorecer la práctica de la lactancia materna hasta los 2 años de edad.”
El Proyecto de NOM, en aras de reflejar el cambio internacional, debería proteger, promocionar y apoyar la lactancia materna, hasta la edad que el bebé/niño y la madre decidan, sin establecer una edad restringida para ello.
En este sentido, tanto la Organización Mundial de la Salud, como otros Organismos y Asociaciones Internacionales, ponderan que la lactancia materna sigue proveyendo diversos beneficios para mamá y bebé cuando se sigue más allá de los 2 años (4, 5, 6… los años que sean).
Abajo los links de referencia:
http://www.who.int/topics/breastfeeding/es/
http://www.who.int/mediacentre/events/meetings/2015/world-breastfeeding-week/es/
http://www.aeped.es/comite-lactancia-materna/documentos/lactancia-materna-en-ninos-mayores-o-prolongada.
II. Modificar la redacción de la definición del chupón (sección 3.7)
Es incorrecta la NOM al indicar que el cupón se da a los bebés para que succionen leche. Ningún chupón del mercado sirve para dar leche. Y es importante que la NOM no mal informe.
III. Proporcionar más apoyo e información sobre la lactancia y trabajo (sección 6.6.2).
Sin menester de que se entiende que la NOM, no podría ir más allá de la insipiente redacción de la Ley Federal del Trabajo, sí podría empezar a ser un parte aguas en facilitar el período de lactancia a las madres trabajadoras.
En este sentido, se recomienda se tome en consideración lo siguiente:
a) Se debe promover que la madre lactante trabajadora tenga descansos de 20 minutos aproximadamente cada 3 horas. Hay mujeres que trabajan más horas y en ocasiones los 2 descansos no son suficientes, ni para mantener una buena producción, ni para lograr extraerse el mismo número de veces que su bebé come en su ausencia.
b) Empezar a informar que la reducción de una hora en su jornada laboral, fuera de contribuir a su lactancia, puede traerles consecuencias negativas al pasar tantas horas sin estimulo (i) bajará su producción, (ii) no logran juntar la cantidad necesaria para dejar a su bebé en su ausencia y (iii) podría traerles consecuencias negativas a su salud, como obstrucciones mamarias y/o mastitis).
IV. Adecuar la recomendación de los tipos de leches para los bebes/niños de 1 a 3 años. (Apéndice C, Sección C.10).
La redacción de que la leche entera, descremada, condensada azucarada (sic) no es apropiada para menores de 3 años debe ser modificada atendiendo a lo siguiente:
1. A partir del año, los bebés/niños sanos pueden empezar a consumir leche entera (no se recomienda descremada).
Mantener una redacción como la actual, sobre todo para las madres que por alguna razón no lactaron o ya no lactan a un bebé mayor de un año, las puede inducir al error de que los bebés deben consumir una de las mal llamadas “fórmulas de continuación” cuando no aportan mayores beneficios que la leche de vaca (entera) y sí grandes cantidades de azúcar.
https://www.ocu.org/consumo-familia/bebes/informe/leche-crecimiento.
http://www.elmundo.es/elmundosalud/2012/07/09/nutricion/1341858239.html
2. En función de lo anterior, la restricción únicamente debe quedar para la leche descremada, condensada y/o azucarada.
3. La nueva redacción deberá ser clara con que no debe haber promoción para los mayores de 1 año y menores de 3 años en el consumo de leche descremada, condensada, azucarada o fórmulas de continuación. Pero que a partir del año los bebés pueden consumir leche entera, sin que ello signifique que se permita su promoción o publicidad en sustitución de la leche materna.
Las modificaciones anteriores son por demás indispensables para la correcta promoción de la lactancia materna de acuerdo con el entorno internacional.
Saludos