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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



La LGDFS incurre en errores graves, unos por no incluir propuestas de mejora de la administración pública que fueron emitidas con oportunidad pero que los legisladores o sus cuerpos auxiliares desoyeron, otras por arreglos de última hora que generaron ambigüedades como asignar a dos entes diferentes (CONAFOR y SEMARNAT) la misma tarea; otras tan elementales como desafortunadas como repetir artículos (y, pero aun, con contenidos diferentes): "Sección Tercera Del Registro Forestal Nacional Artículo 42. La Secretaría establecerá.." "Sección Sexta Del Registro Forestal Nacional Artículo 50. La Secretaría establecerá..." La propuesta de Reglamento no mejora o corrige los errores de la Ley, además, la propia ley dice: "Artículo 152. Se crea el Consejo Nacional Forestal, .... Invariablemente deberá solicitársele su opinión en materia de planeación forestal, reglamentos y normas. No se ha realizado tal solicitud.