
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Secretaría Técnica México Distrito Federal a 18 Enero de 2016 Se realizan comentarios respecto al anteproyecto de Norma Oficial Mexicana denominada “PROY-NOM-203-SCFI-2015”en la que establecen los límites máximos permisibles de emisión de formaldehido en tableros de partículas de madera y tableros de fibra de madera fabricados con urea formaldehido, y en los tableros fabricados con este tipo de tableros”, presentado ante la Comisión Federal de Competencia Económica (COFESE) por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria el 25 de noviembre de 2015. De acuerdo a los anexos del presente proyecto de norma en el cual establece los límites permisibles de contenido y emisión de formaldehido, y en particular los motivos que originan la presente medida regulatoria expuestos en la Manifestación de Alto Impacto (MIR), es el riesgo de cáncer en vías respiratorias para la población y en particular para quienes manejan de manera directa el ya citado Formaldehido. A pesar de ser buena propuesta con la finalidad de mejorar la calidad de vida, de los usuarios de estos productos y de quienes trabajan de manera directa este producto químico, sería importante que se tomara en consideración la posibilidad que tiene el sector privado y el mismo sector público, a efecto de vigilar el cumplimiento de los límites permisibles, y por parte del sector privado, que se cuente con la solvencia económica capaz, para realizar los cambios necesarios, y no afecten de manera directa la productividad y crecimiento del sector industrial. Seria considerable y de vital importancia que se establezca, a partir de su vigencia un término considerable a efecto de que quienes se vean en la necesidad de modificar o crear nuevos procedimientos, se encuentren en esa posibilidad, ya que con esta regulación tratamos también la norma al nivel internacional, debiendo tener en consideración no afectar los tratados internacionales con que cuenta el gobierno mexicano, a efecto de no mermar el mercado nacional e internacional, ya que la presente regulación crea nuevas obligaciones y sanciones, obliga a la modificación de metodología de procesos, tramites a los particulares.