Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



Secretaría Técnica México Distrito Federal a 18 Enero de 2016 Se realizan comentarios respecto al anteproyecto de Norma Oficial Mexicana denominada “PROY-NOM-203-SCFI-2015”en la que establecen los límites máximos permisibles de emisión de formaldehido en tableros de partículas de madera y tableros de fibra de madera fabricados con urea formaldehido, y en los tableros fabricados con este tipo de tableros”, presentado ante la Comisión Federal de Competencia Económica  (COFESE) por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria el 25 de noviembre de 2015. De acuerdo a los anexos del presente proyecto de norma en el cual establece los límites permisibles de contenido y emisión de formaldehido, y en particular los motivos que originan la presente medida regulatoria expuestos en la Manifestación de Alto Impacto (MIR), es el riesgo de cáncer en vías respiratorias para la población y en particular para quienes manejan de manera directa el ya citado Formaldehido. No obstante el objetivo primordial de la regulación que se pretende, deja en inobservancia la capacidad económica, y las medidas técnicas necesarias que deben implementar quienes se vean en la necesidad de cumplimentar las regulaciones en comento, se encuentren totalmente en las posibilidades de apegarse a las disposiciones que en su momento pudieran aplicar, y el mismo Estado Mexicano cuente con los laboratorios dentro del territorio nacional para que se encuentre en aptitudes de verificar el cumplimiento de la norma, en ese sentido, la norma resulta insuficiente, para efectos de su legal cumplimiento. La presente regulación crea nuevas obligaciones y sanciones, obliga a la modificación de metodología de procesos, tramites a los particulares, inversión económica, regulación que  debe de ser considerada a efecto de que se establezca un término razonable para que se encuentren en posibilidad de cumplir con la misma, en todos los aspectos, ya que su sola entrada en vigor, limitaría la actividad principal de los particulares, afectando gravemente la economía del particular, al encontrarse impedido de continuar produciendo, y afectando los empleos que genere.