Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



En el articulo 11 del presente reglamento menciona de forma puntual lo siguiente: "El Comité Interinstitucional se integrará y funcionará de acuerdo con la LRITF y las bases que al efecto emita el propio Comité, correspondiéndole ejercer las atribuciones establecidas en los artículos 11, 15, 22, 35, 36, fracción IV, 39, fracciones V y XVI, 44, 55, 62 y 69 de la LRITF." donde LRITF es Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera., pero solo el artículo 35 habla de la integración y funciones del dicho comité interinstitucional