
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

Estás aquí: Inicio /respuesta_texto_encuestas/2795
En el documento no se explica de forma clara el proceso con el cual serán validados los productos de medición para permitir su venta en el período en el que entra en vigor la NOM-001-SCFI-CRE-2017. Esto abarca: organismo que hará dicha revisión, tiempos y el proceso a seguir. 1. “Anexo único. Tabla A. Funciones mínimas de medidores de energía eléctrica” para “Medición en media y baja tensión sin calidad de la potencia.” “Pantalla o Display”: “En idioma español…” Se solicita que se incluya idioma inglés en este requisito ya que algunos equipos que actualmente se comercializan en México son de origen extranjero y sólo usan este idioma. Además, que, en su mayoría, los elementos que se muestran en el display son números y símbolos de unidades del Sistema Internacional de Medidas. 2. “Anexo único. Tabla A. Funciones mínimas de medidores de energía eléctrica” para “Medición en media y baja tensión sin calidad de la potencia.” “Registro de medición en períodos de 5 minutos.” “Factor de Potencia promedio de cinco minutos” Se solicita se acepte Factor de Potencia al final del intervalo, máximo y mínimo. Esta es la forma como algunos medidores lo hacen actualmente y es como se ha aceptado en el pasado, siendo su funcionamiento adecuado. 3. “Anexo único. Tabla A. Funciones mínimas de medidores de energía eléctrica” para “Medición en media y baja tensión sin calidad de la potencia.” “Registro de medición en períodos de 5 minutos.” “Potencia aparente, corriente y tensión”. Se solicita se eliminen esos requisitos en este período de transición. Estos valores son útiles para la operación, más no lo son para la facturación la cual se realizan en la actualidad con la potencias activas y reactivas. El añadir estos canales de forma cincominutal, requiere que el medidor tenga una memoria de mayor capacidad, lo que implica un cabio mayor en el mismo. 4. “Anexo único. Tabla A. Funciones mínimas de medidores de energía eléctrica” para “Medición en media y baja tensión sin calidad de la potencia.” Puerto de Comunicaciones.” “Puerto Ethernet TCP/IP” y “Puerto de Radiofrecuencia”. Se está solicitado que los medidores cuenten con ambos puertos, lo que en muchos casos es inviable. Se puede tener un puerto o el otro, y no los dos al mismo tiempo. Favor de incluir en el documento esa posibilidad. 5. “Anexo único. Tabla A. Funciones mínimas de medidores de energía eléctrica. Nota (1)” “Soporte de hasta cinco sesiones simultáneas.” Este término es ambiguo ya que el protocolo a utilizar a través de ese puerto queda como un “R.P. Requisito Particular.” Favor de aclarar técnicamente para que no se preste a malas interpretaciones. 6. “Anexo único. Tabla A. Funciones mínimas de medidores de energía eléctrica” para “Medición en media y baja tensión sin calidad de la potencia.” “Protocolos de Comunicación”. “DNP3(3) sobre TCP/IP.” Se solicita que se elimine esta característica de los medidores en media y baja tensión para este período de transición a la norma. En el pasado se han instalado medidores sin esa característica y se realiza la facturación de manera adecuada a través de perfiles de carga con E. Activa y reactiva. Este cambio es mayor y se corre el riesgo de que no existan medidores técnica y comercialmente viables listos para medidores destinados al MEM. 7. “Anexo único. Tabla A. Funciones mínimas de medidores de energía eléctrica” para “Medición en media y baja tensión sin calidad de la potencia.” “Sincronía de tiempo o estampa de tiempo”. “Vía DNP3 y vía NTP/SNTP”. Se solicita que se elimine esta característica de los medidores en media y baja tensión para este período de transición a la norma. La razón es la misma que en el punto anterior. Se solicita respuesta puntual a cada uno de los comentarios. Gracias.