Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



Respecto al anteproyecto “Acuerdo de la comisión Reguladora de Energía por el que se declara la terminación de la vigencia del artículo segundo transitorio, párrafo primero, de la norma oficial mexicana NOM-016-CRE-2016, especificaciones de calidad de los petrolíferos”, en el que la Comisión Reguladora de Energía determina que no subsisten las condiciones iniciales que dieron origen al artículo Segundo Transitorio, primer párrafo de la Norma Oficial Mexicana NOM-016-CRE-2016, Especificaciones de calidad de los petrolíferos, por lo que se declara la terminación de su vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Manifestamos nuestro apoyo para que sea este anteproyecto sea publicado en el mes de julio del 2018 en base a lo siguiente: • Estamos conscientes de que delimitando de esta forma el segundo transitorio, se fomenta la sana competencia y se incentiva a los laboratorios a llevar a cabo su proceso de aprobación y acreditación, sin embargo, algunos estamos en medio del proceso de acreditación y aprobación y nos dejarían totalmente desprotegidos, siendo que queremos cumplir con todos los mecanismos necesarios para poder brindar nuestros servicios. • Por otra parte, al delimitar de esta forma el segundo transitorio, no solo nos afecta a los laboratorios en proceso de acreditación/aprobación, también afecta a los permisionarios al limitar el número de laboratorios que pueden brindar el servicio, quedando seguramente muchos imposibilitados para dar cumplimiento a lo que marca la norma. • Seguramente los laboratorios acreditados no alcanzaran a cubrir la demanda y si bien la EMA ha otorgado acreditaciones, estas en su mayoría probablemente no corresponden a las pruebas del anexo 4. Por tales motivos, consideramos que se le debe dar seguimiento al segundo transitorio en un plazo adecuado, para que todos aquellos laboratorios que cuentan con la infraestructura y están en medio de un proceso (como es nuestro caso) puedan obtener la aprobación y acreditación en tiempo y forma y de esta manera continuar apoyando en la vigilancia del cumplimiento de la norma. José A. Ramón Jiménez. MEXCOM LABORATORIO S.A. DE C.V.