Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



En general el documento presenta una mejora significativa con respecto al la versión anterior del acuerdo 279. En particular vemos los siguientes aspectos positivos: aclara mas los procedimientos incluyendo aspectos que evitan o disminuyen significativamente la discresionalidad en la interpretación del mismo. Permite la entrega de información a través de medios electrónicos incluyendo bibliografía y autenticación de documentos usando firma electrónica. Disminuye el volumen de información a enviar. Promoverá que las autoridades estatales, universidades y otras instituciones adopten la normatividad del nuevo 279. Permite al particular establecer la equivalencia de perfiles de personal académico. Es más especifico en la normatividad relativa a la educación no escolarizada, sea mixta o a distancia al establecer criterios y requerimientos tanto de Software como de Hardware como aspectos académicos y administrativos. Promueve el mejoramiento de la calidad de las IES al establecer los tres grupos y darles a las instituciones que cumplan con los requisitos, facilidades en sus procesos y agilidad en la emisión de RVOES, pudiendo ser autorizados en un tiempo casi inmediato comparado con el 279 anterior. Ayudará mucho en el caso de los programas relacionados con la salud el que se considere como opinion técnica favorable (afirmativa ficta) para el trámite del RVOE el hecho de que CIFRHS no entregue dictamen dentro de los 60 días establecidos para ellos. El que se de a los doctorados el enfoque total hacia la investigación eliminando el enfoque hacia la profesionalización (Doctorados profesionalizantes) puede ser de efectos ambivalentes ya que, por un lado impulsará más la investigación, pero por otro limitará la formación de doctores con un grado muy profundo y especializado de conocimientos en un area especializada incluyendo su aplicación aunque no generen nuevos conocimientos.