
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Punto 7: "por personal capacitado y certificado" -certificado por quién? de acuerdo al criterio de quién? queda muy al aire; debería bastar con algo más abierto como "capacitado y avalado por la empresa que presta el servicio" Punto 8.2: Sugiero especificar "Determinando el peso de referencia de manera estática de con un instrumento de control separado " Punto 8.3: No es realista, práctico, ni va a ser económicamente viable que se utilicen 5 vehículos de prueba; mientras que la COST 323 sugiere que se utilicen al menos 3 ó 4 (es decir, 3 serían suficientes) para el método de calibración R1 (cuando son calibraciones iniciales o después de que el sistema WIM ha sufrido ajustes o mantenimiento, e incluso menos vehículos en otros escenarios), por su parte la OIML R134 especifica únicamente 3 configuraciones distintas de vehículos de prueba (en distintas condiciones de carga, pero únicamente 3 vehículos diferentes). Por otro lado, precisamente para reducir el número de vehículos de prueba con una sola carga cada uno, se debe permitir que los 3 vehículos utilizados sean pasados en distintas condiciones de carga. El querer pedir más requisitos que lo que internacionalmente hasta ahora existe, lejos de contribuir a la infraestructura regulatoria y de normalización del país, va a hacer una norma más que no se cumple en México y con la cual en la práctica los laboratorios de calibración no cumplen porque simplemente no es viable. Considero importante que se diferencie entre sistemas que serán calibrados a baja y mediana velocidad, de aquéllos que serán calibrados a alta velocidad. Mientras que la COST 323 está más enfocada a planes de prueba (calibración) para altas velocidades, la OIML R134 está enfocada a baja y mediana velocidad, y son métodos de calibración diferentes. La gran mayoría de los sensores que hay en el mercado que cuentan con aprobación de modelo, fueron probados bajo los estándares de OIML R134 a baja y mediana velocidad (<65 km/hra). Punto 9.2: Se queda muy corta esta especificación de EMP. Se debe considerar si el sistema está diseñado para pesar a baja y mediana velocidad, como lo está la gran mayoría de los sensores que hoy en día están en el mercado internacional, certificados bajo pruebas de conformidad con la OIML R134 y cuyos EMP son totalmente distintos a estos que se sugieren. Además, hay una correlación entre el EMP para peso bruto y los pesos por ejes y grupos de ejes que aquí no se detalla, tanto en la OIML R134 como en la COST 323. Si en México definimos EMP que no tienen relación alguna con lo que desde hace tantos años ya se lleva trabajando a nivel internacional, vamos a complicar más las cosas. En conclusión, se queda muy corto este proyecto de norma con lo que implican este tipo de sistemas; se debe aprovechar toda la documentación internacional que ya existe (OIML R134, COST 323 y ASTM E1318-02) para desarrollar algo bien, algo completo, aprovechar que si ya se va a trabajar en esta norma que desde hace tanto tiempo se necesita, se haga bien desde ahora. Me pongo a sus órdenes para mayor cooperación.