Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



COMENTARIOS A CONAMER – CUPO DE IMPORTACIÓN DE CARNE DE RES A la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) Presente. Alejandro Gómez Tamez, en mi carácter de Director General de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN), presento comentarios al Anteproyecto de Acuerdo que establece un cupo de importación de carne de res por 70,000 toneladas, al considerar que dicho volumen es insuficiente frente a las condiciones actuales del mercado. 1. Volumen técnico propuesto por CONCAMIN CONCAMIN propone que el cupo de importación de carne de res se establezca en al menos 153,000 toneladas, como volumen piso técnicamente sustentado, determinado con base en información oficial de la ANAM y el comportamiento real del mercado durante 2025. Este volumen constituye el mínimo necesario para asegurar continuidad de abasto sin generar efectos distorsionantes. 2. Justificación técnica del volumen propuesto - El volumen previsto en el anteproyecto: - Parte de promedios estadísticos construidos con información incompleta. - No incorpora adecuadamente el comportamiento reciente del mercado. - Excluye importaciones relevantes de países sin tratado comercial distintos al origen principal considerado. Estas deficiencias conducen a una subestimación del volumen requerido. 3. Impacto en la producción nacional El volumen propuesto por CONCAMIN no afecta la producción nacional, ya que no incentiva desplazamiento productivo ni sustitución indebida. Se trata de un volumen operativo mínimo, alineado con las necesidades reales del mercado y compatible con la producción interna. Contrario a algunas percepciones, la importación de cárnicos de res no ha desplazado a la producción nacional, sino que ha compensado la insuficiencia parcial del abasto estadounidense. Esto se observa con los siguientes datos: la importación de carne de res de países norteamericanos en el 2024 representó el 67.6% del volumen total de las importaciones (173,231 ton), mientras que las importaciones de países sudamericanos con los que no contamos tratado comercial representó el 19.4 % (52,075 ton). Estos volúmenes de importación de ambas regiones suman el 87% de las importaciones totales (225,306 ton). Para el año 2025 la importación de carne de res de Norteamérica bajo a un 47.6% (137,820 ton) mientras que las importaciones de los países sudamericanos con los cuales no tenemos tratado comercial incrementó su volumen se participación llegando al 39.8% (115, 206 ton). Estos volúmenes de importación de ambas regiones suman el 87% de las importaciones totales (253,026 ton). Como se observa el 20% de participación que perdieron los países norteamericanos, lo tomaron los países sudamericanos con los cuales no tenemos tratado de libre comercio. Esto denota la sustitución del origen de las importaciones por diversos factores, pero no un desplazamiento de la producción Nacional. 4. Beneficio directo al consumidor mexicano Un cupo insuficiente genera rigidez y presión al alza en precios. En contraste, el volumen propuesto: - Ayuda a contener alzas de precio en productos de consumo cotidiano. - Reduce volatilidad en el mercado. - Protege el poder adquisitivo del consumidor mexicano. Por lo anterior, solicitamos respetuosamente que la CONAMER valore la adecuación del volumen del cupo conforme a estos elementos técnicos. Así mismo, consideramos que el mecanismo de “licitación pública” para la asignación de cupos que se pretende implementar de acuerdo al Anteproyecto cuenta con varias desventajas y limitaciones estructurales que deben ser consideradas cuando el objetivo de la política pública es garantizar el abasto, la estabilidad de precios y el adecuado funcionamiento de las cadenas productivas. 1. Impacto en los precios al consumidor: La licitación introduce un costo adicional por el acceso al cupo, el cual tiende a ser trasladado al precio final del producto, generando presiones inflacionarias que contravienen los objetivos de contención de precios, particularmente en bienes de consumo básico. 2. Concentración del mercado El diseño competitivo del mecanismo favorece a empresas con mayor capacidad financiera, lo que puede derivar en acaparamiento de volúmenes, desplazamiento de empresas medianas y pequeñas y una reducción en la diversidad de participantes en el mercado. 3. Desviación del objetivo del instrumento Cuando la licitación se orienta a maximizar la recaudación, el cupo deja de operar como un instrumento de política de abasto y se transforma en un mecanismo fiscal, anulando parcial o totalmente el beneficio arancelario originalmente previsto. 4. Riesgo de conductas especulativas El esquema puede incentivar la retención, subutilización o reasignación indirecta del cupo, afectando la eficiencia del mecanismo y la continuidad del suministro oportuno al mercado. 5. Complejidad administrativa y costos regulatorios La implementación del procedimiento implica altos costos operativos y administrativos tanto para la autoridad como para los participantes, derivados de convocatorias, garantías, procesos de evaluación y supervisión, lo que incrementa la carga regulatoria. 6. Incertidumbre para la planeación productiva y comercial La asignación mediante licitación introduce incertidumbre en volumen y costos, dificultando la planeación de compras, contratos, logística e inversiones, especialmente en sectores que requieren continuidad y previsibilidad en el abasto. 7. Inadecuación en contextos de escasez o emergencia En escenarios de alta demanda, contingencias sanitarias o disrupciones en la oferta, la licitación puede agravar distorsiones de mercado, retrasar el acceso al cupo y comprometer la respuesta oportuna de la cadena de suministro. De igual manera se observan riesgos asociados a la naturaleza nominativa y transferible del cupo. El hecho de que los cupos sean de carácter nominativo pero transferible genera incentivos para la creación de mercados secundarios informales, propiciando prácticas de intermediación, especulación y eventual comercialización paralela de los cupos, lo cual distorsiona el objetivo del instrumento, reduce la transparencia y debilita la efectividad de la política pública. Otro elemento de preocupación en la publicación analizada es que se establece que las reglas del mecanismo se darán a conocer a través del SINICE, lo cual no resulta adecuado desde una perspectiva de mejora regulatoria y transparencia. Para asegurar un entorno regulatorio claro, previsible y transparente, resulta indispensable que las reglas, criterios y procedimientos se publiquen en un instrumento normativo oficial, y que los sistemas electrónicos como el SINICE operen únicamente como herramientas operativas o de consulta, mas no como sustitutos de la publicación normativa. Por lo anterior, solicitamos se analicen los comentarios anteriores para la modificación del Acuerdo en cuestión. Para cualquier duda quedamos a sus órdenes. Atentamente, Alejandro Gómez Tamez Director General CONCAMIN