Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



En reiteradas ocasiones se señala como requisito para acreditar representación exhibir el “poder”, lo cual es equivocado, ya que la representación no sólo se puede acreditar con poder, sino que es posible acreditar la representación de las personas morales a través de representación orgánica. Por tal motivo, se debería señalar “instrumento público que acredite la representación” y no limitarlo a los poderes.