
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Con la intención de otorgar un mayor y mejor beneficio a la sociedad y a la población en general, garantizando la igualdad y la no discriminación, hago referencia a la importante tarea de señalar que en este Acuerdo se haga referencia de forma expresa a la figura del Corredor Público, así como a los instrumentos públicos que éste expide dentro de su función con apego a la Ley Federal de Correduría Pública y su Reglamento vigentes. Lo anterior en virtud a la alusion exclusiva a los Notarios Públicos, Instrumentos Notariales, Escrituras Públicas y Poder Notarial; en este tipo de acuerdos genera confusión entre los funcionarios, ya que éstos pueden exigir a los usuarios documentos otorgados únicamente por éstos últimos fedatarios, lo que, en ocasiones puede generar un detrimento patrimonial tanto en el usuario de los servicios, como un desprestigio o minusvaloró en los actos que otorga un Corredor Público, afectando la libre competencia y la competitividad en los servicios de fe pública, así como la propia elección del usuario en el Fedatario al que le solicite sus servicios.