
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Articulo 44, Criterios de Selección y Requisitos de elegibilidad, Criterio d) y Requisitos general e) Constancia de registro en algún programa de regularización jurídica del esfuerzo pesquero o Programa de ordenamiento pesquero o acuícola de la Conapesca. Este requisito general probablemente estuvo considerando a una pequeña parte de la población pesquera en esta eventual situación, sin embargo, se ha venido utilizando para amparar a una enorme cantidad de pescadores ilegales o personas ajenas a la pesca o acuacultura, sin contar con una base legal. Lo anterior se observa en la consulta realizada en el portal de la Conapesca, en donde en el documento denominado Programa Nacional de Regularización de situación jurídica para el bienestar de pescadores 2020-2024 de la CONAPESCA, se establece que dicho programa de regularización debe publicarse en el DOF previo a la convocatoria para recibir solicitudes en una plataforma electrónica y a la fecha no se cuenta con esta publicación, ni lineamientos, requisitos ni plataforma electrónica para los interesados. Además de que la intención de este programa de regularización es identificar a pescadores históricos con posibilidad de que se les otorgue un título de pesca comercial, lo cual a la fecha y de acuerdo a lo establecido para las diversas pesquerías en la Carta Nacional de Pesca, no es factible de realizar a gran escala debido a que las pesquerías se encuentran en su límite máximo de aprovechamiento. Por lo anterior, en caso de seguir usando este requisito general como criterio de selección de beneficiarios del BIENPESCA, se debería acotar a un porcentaje equivalente a la disponibilidad de permisos para sustitución o a un porcentaje mínimo de la población total de beneficiarios en la entidad, ya que actualmente se aprecia un porcentaje de casi 50% de beneficiarios del Bienpesca amparados bajo este criterio, lo que significaría para el programa de regularización que en ese mismo porcentaje se incrementaría el esfuerzo pesquero. Adicionalmente, en este mismo artículo se señalan requisitos específicos para los pescadores al amparo de un permiso de pesca comercial vigente, sin requerir alguno a los amparados en este supuesto programa de regularización u ordenamiento.