
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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En el Acuerdo por el que se dan a conocer Las Reglas de Operación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural, para el ejercicio fiscal 2025. En el capítulo quinto “Estructura Operativa”, articulo quincuagésimo sexto, establece los montos máximos (indicativos) para cubrir la remuneración de servicios profesionales que opera en las Instancias Ejecutoras con recursos del PROGRAMA, son los siguientes: A su vez indica, “Los recursos destinados a los conceptos mencionados en el cuadro antes referido, deben incluir el pago de sueldo, pago de impuestos federales, estatales y locales, así como las aportaciones patronales (IMSS, INFONAVIT, SAR, entre otros) conforme al tipo de contrato laboral o régimen de contratación que cada Instancia Ejecutora establezca, los cuales deben estar en estricto apego a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, y en su caso en la Ley del Seguro Social, y demás normatividad cuando sea aplicable. “El monto a pagar se encuentra en función de la disponibilidad presupuestal adoptando el mismo monto para el personal que se encuentre dentro de un puesto con las mismas responsabilidades, a fin de que no existan diferencias dentro del puesto”. El día 19 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación, Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos que fija los salarios mínimos generales y profesionales que habrán de regir a partir del 1 de enero de 2025, quedando de la siguiente manera: Zona Libre de la Frontera Norte $419.88 Zona del Salario mínimo General $278.80 TERCERO. - En cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del apartado A) del articulo 123 Constitucional y por los artículos 91 y 93 de la Ley Federal del Trabajo, se continuaron los estudios técnicos sobre las áreas geográficas y las profesiones, oficios y trabajos especiales, así como las ramas de actividad económica. En este sentido, la Dirección Técnica recomendó confirmar la integración municipal de las áreas geográficas establecidas, en la fijación para 2024. Así, la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN), la cual esta vigente a partir del 1 de enero del 2019, se integra por los municipios que hacen frontera con Estados Unidos de Norteamérica: Ensenada, Playas de Rosarito, Mexicali, Tecate, Tijuana, San Quintín y San Felipe, en el Estado de Baja California; San Luis Rio Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Saric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta, en el Estado de Sonora; Janos, Ascensión, Juarez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, en el Estado de Chihuahua; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jimenez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, en el Estado de Coahuila de Zaragoza; Anáhuac, en el Estado de Nuevo Leon; y Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Diaz Ordaz, Reynosa, Rio Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, en el Estado de Tamaulipas; en tanto, se sugirió modificar la denominación del área Resto del País por el de Zona del Salario mínimo General. El calculo realizado con el salario de frontera $419.88 SD: $419.88 Factor de Integración: 1.0493 SDI: 440.58 El Articulo 73 de la Ley del Seguro Social, establece que al inscribirse por primera vez en el Instituto o al cambiar de actividad, las empresas cubrirán la prima media de la clase que conforme al Reglamento les corresponde, de acuerdo a la tabla siguiente: Prima media En por cientos Clase I 0.54355 Clase II 1.13065 Clase III 2.59840 Clase IV 4.65325 Clase V 7.58875 Se aplicará igualmente lo dispuesto por este articulo cuando el cambio de actividad de la empresa se origine por una sentencia definitiva o por disposición de esta Ley o de un reglamento. Al realizar el calculo con el salario diario integrado de $440.58 y una prima de riesgo Clase I, el pago de Cuotas Obrero Patronales, es el siguiente: MES C.F., P.D., G.M., R.T., I.V., G.P.S CESANTIA Y VEJEZ INFONAVIT TOTAL Enero 1599.58 $ 1,599.58 Febrero 1444.77 2481.66 1299.71 $ 5,226.14 Marzo 1599.58 $ 1,599.58 Abril 1547.97 2565.88 1343.77 $ 5,457.62 Mayo 1599.58 $ 1,599.58 Junio 1547.97 2565.8 1343.77 $ 5,457.54 Julio 1599.58 $ 1,599.58 Agosto 1599.58 2607.85 1365.85 $ 5,573.28 Septiembre 1547.97 $ 1,547.97 Octubre 1599.58 2565.8 1343.77 $ 5,509.15 Noviembre 1547.97 $ 1,547.97 Diciembre 1599.58 2565.8 1343.77 $ 5,509.15 PAGO ANUAL CUOTAS OBRERO PATRONALES $ 42,227.14 Si el pago anual se divide entre los 12 meses para sacar un promedio mensual del pago de cuotas nos daría: Pago Anual Cuotas Obrero Patronales: $42,227.14 Pago Mensual Cuotas Obrero Patronales: $3,518.93 El pago mensual con Salario de Frontera es: $12,596.40 El pago mensual más las cuotas obrero patronales seria de: $16,115.33 SD SDI CUOTAS OBRERO PATRONALES SALARIO MENSUAL TOTAL SALARIO FRONTERA 419.88 440.58 $ 3,518.93 12,596.40 $ 16,115.33 Por lo cual el monto programado para el auxiliar de campo $15,000.00 resulta insuficiente para cubrir en su totalidad el sueldo y cuotas obrero patronales. A su vez el Artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo nos indica que “A trabajo igual, desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario igual”. Por lo cual el monto para el Auxiliar de Campo deberá ser como mínimo la cantidad de $16,115.33 y en la misma situación se encontrará el personal de los puestos de Auxiliar Administrativo, Auxiliar de informática, Auxiliar Técnico de Centro de Acopio Temporal y secretaria. En el mejor de los casos en caso que no exista algún Riesgo de Trabajo en la Instancia Ejecutora, podría disminuir a .50000, el pago de las cuotas obrero patronales seria de la siguiente manera: MES C.F., P.D., G.M., R.T., I.V., G.P.S CESANTIA Y VEJEZ INFONAVIT TOTAL Enero 1593.63 $ 1,593.63 Febrero 1439.4 2481.66 1299.71 $ 5,220.77 Marzo 1593.63 $ 1,593.63 Abril 1542.22 2565.8 1343.77 $ 5,451.79 Mayo 1593.63 $ 1,593.63 Junio 1542.22 2565.8 1343.77 $ 5,451.79 Julio 1593.63 $ 1,593.63 Agosto 1593.63 2607.85 1365.8 $ 5,567.28 Septiembre 1542.22 $ 1,542.22 Octubre 1593.63 2565.8 1343.77 $ 5,503.20 Noviembre 1542.22 $ 1,542.22 Diciembre 1593.63 2565.8 1343.77 $ 5,503.20 PAGO ANUAL CUOTAS OBRERO PATRONALES $ 42,156.99 Si el pago anual se divide entre los 12 meses para sacar un promedio mensual del pago de cuotas nos daría: Pago Anual Cuotas Obrero Patronales: $42,156.99 Pago Mensual Cuotas Obrero Patronales: $3,513.08 El pago mensual con Salario de Frontera es: $12,596.40 El pago mensual más las cuotas obrero patronales seria de: $16,109.48 SD SDI SEGURO SALARIO MES TOTAL SALARIO FRONTERA 419.88 440.58 3513.0825 12596.4 $ 16,109.48