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Comentario al Expediente



En dicho documento, en el Apartado I Para plaguicidas aplicados en el área vegetal se omite la solicitud de: a. Copia simple legible del Dictamen Técnico de Efectividad biológica emitido por el SENASICA, donde especifique la conveniencia del registro para uso en el cultivo_____ y contra la plaga ____, dosis e intervalo de seguridad, conforme a las presentes bases. (original o la copia certificada para su cotejo). Requisito que se contemplaba en las Reglas de Operación publicadas en los siguientes años: 2020 APÉNDICE II MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 60, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/526987/ACUERDO.pdf 2021 APÉNDICE II MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 67, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5609038&fecha=28/12/2020#gsc.tab=0 2022 APÉNDICE II MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 82, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica, y APÉNDICE III MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 94, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/690371/ROP_2022.pdf 2023 APÉNDICE II MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA No. (Consecutivo en función de eventos)pág. 73, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica, y APÉNDICE III MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 84, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5676170&fecha=30/12/2022#gsc.tab=0 2024 APÉNDICE II MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 91, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica, y APÉNDICE III MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 106, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5712443&fecha=26/12/2023#gsc.tab=0 La omisión de este requisito contraviene a los siguientes artículos de la Ley Federal de Sanidad Vegetal: Artículo 2o.- La sanidad vegetal tiene como finalidad promover y vigilar la observancia de las disposiciones legales aplicables; diagnosticar y prevenir la diseminación e introducción de plagas de los vegetales, sus productos o subproductos que representen un riesgo fitosanitario; así como establecer medidas fitosanitarias y regular la efectividad de los insumos fitosanitarios y de los métodos de control integrado. Artículo 38.- La Secretaría establecerá a través de normas oficiales mexicanas y demás disposiciones legales aplicables: … IV. Las especificaciones fitosanitarias y de buen uso que deberán observarse en apego a lo establecido en el dictamen técnico de efectividad biológica. Artículo 39.- Los interesados presentarán para su dictamen los estudios de efectividad biológica que la Secretaría determine, mismo que se remitirá a la dependencia encargada del registro del insumo de que se trate, así como los cultivos, plagas, dosis, métodos de aplicación, intervalo de seguridad que se recomiendan para su aplicación previo a la cosecha. Artículo 39 bis.- Las personas físicas o morales que desarrollen o presten actividades fitosanitarias, deberán observar las especificaciones establecidas en el dictamen de efectividad biológica de los insumos fitosanitarios y de nutrición vegetal. Es esencial que no se omita ya que es el único documento oficial de la Secretaría de Agricultura (SENASICA) que contiene datos que especifica que el insumo fitosanitario ha sido probado para ser autorizado en cultivos, contra plagas y dosis específicas e intervalos de seguridad que no son contemplados en el registro COFEPRIS, lo cual permite dar cumplimiento a la responsabilidad que tiene la Secretaria para regular el uso fitosanitario autorizado en el artículo 7 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal: Artículo 7o.- Son atribuciones de la Secretaría en materia de sanidad vegetal: … XXIII. Dictaminar la efectividad biológica de los plaguicidas e insumos de nutrición vegetal y regular su uso fitosanitario autorizado; En este documento, en el Apartado I Para plaguicidas aplicados en el área vegetal se omite la solicitud de: b. Copia simple legible de la etiqueta aprobada por COFEPRIS del producto donde indique su uso en el cultivo de _______ y contra la plaga _____, dosis e intervalo de seguridad conforme a las presentes Bases. (original o la copia certificada para su cotejo). En las Reglas de Operación publicadas en los siguientes años: 2020 APÉNDICE II MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 60, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/526987/ACUERDO.pdf 2021 APÉNDICE II MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 67, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5609038&fecha=28/12/2020#gsc.tab=0 2022 APÉNDICE II MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 82, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica, y APÉNDICE III MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 94, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/690371/ROP_2022.pdf Se solicitaba solo Copia simple legible de la etiqueta comercial del producto donde indique su uso en el cultivo de _______ y contra la plaga _____, dosis e intervalo de seguridad conforme a las presentes Bases. Para Reglas de Operación publicadas en los siguientes años: 2023 APÉNDICE II MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA No. (Consecutivo en función de eventos)pág. 73, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica, y APÉNDICE III MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 84, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5676170&fecha=30/12/2022#gsc.tab=0 2024 APÉNDICE II MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 91, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica, y APÉNDICE III MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 106, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5712443&fecha=26/12/2023#gsc.tab=0 En estos años ya se solicita la copia aprobada por COFEPRIS. La omisión de este requisito contraviene el siguiente artículo de la Ley Federal de Sanidad Vegetal: Artículo 2o.- La sanidad vegetal tiene como finalidad promover y vigilar la observancia de las disposiciones legales aplicables; diagnosticar y prevenir la diseminación e introducción de plagas de los vegetales, sus productos o subproductos que representen un riesgo fitosanitario; así como establecer medidas fitosanitarias y regular la efectividad de los insumos fitosanitarios y de los métodos de control integrado. Es esencial que no se omita este documento ya que contraviene lo especificado en la NORMA Oficial Mexicana NOM-232-SSA1-2009, Plaguicidas: que establece los requisitos del envase, embalaje y etiquetado de productos grado técnico y para uso agrícola, forestal, pecuario, jardinería, urbano, industrial y doméstico. Ya que la Secretaría de Salud a través de la COFEPRIS es la encargada de regular este requisito y la presentación del documento aprobado por COFEPRIS se da certeza sobre el cumplimiento de este requisito. En este documento, en el Apartado I Para plaguicidas aplicados en el área vegetal se omite la solicitud de: c. Carta original de respaldo de la empresa Titular del Registro del producto ofertado firmada por el Representante Legal, donde manifieste bajo protesta de decir verdad que asegura el suministro en los tiempos indicados origen y calidad del producto. Requisito que se contemplaba en las Reglas de Operación publicadas en los siguientes años: 2020 APÉNDICE II MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 60, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/526987/ACUERDO.pdf 2021 APÉNDICE II MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 67, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5609038&fecha=28/12/2020#gsc.tab=0 2022 APÉNDICE II MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 82, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica, y APÉNDICE III MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 94, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/690371/ROP_2022.pdf 2023 APÉNDICE II MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA No. (Consecutivo en función de eventos)pág. 73, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica, y APÉNDICE III MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 84, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5676170&fecha=30/12/2022#gsc.tab=0 2024 APÉNDICE II MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 91, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica, y APÉNDICE III MODELO DE CONVOCATORIA Y BASES DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. (Consecutivo en función de eventos) pág. 106, Apartado 2.2.2. Segundo Sobre: Propuesta Técnica. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5712443&fecha=26/12/2023#gsc.tab=0 La omisión de este requisito contraviene a los siguientes artículos de la Ley Federal de Sanidad Vegetal: Artículo 2o.- La sanidad vegetal tiene como finalidad promover y vigilar la observancia de las disposiciones legales aplicables; diagnosticar y prevenir la diseminación e introducción de plagas de los vegetales, sus productos o subproductos que representen un riesgo fitosanitario; así como establecer medidas fitosanitarias y regular la efectividad de los insumos fitosanitarios y de los métodos de control integrado. Artículo 38.- La Secretaría establecerá a través de normas oficiales mexicanas y demás disposiciones legales aplicables: … IV. Las especificaciones fitosanitarias y de buen uso que deberán observarse en apego a lo establecido en el dictamen técnico de efectividad biológica. Artículo 39.- Los interesados presentarán para su dictamen los estudios de efectividad biológica que la Secretaría determine, mismo que se remitirá a la dependencia encargada del registro del insumo de que se trate, así como los cultivos, plagas, dosis, métodos de aplicación, intervalo de seguridad que se recomiendan para su aplicación previo a la cosecha. Artículo 39 bis.- Las personas físicas o morales que desarrollen o presten actividades fitosanitarias, deberán observar las especificaciones establecidas en el dictamen de efectividad biológica de los insumos fitosanitarios y de nutrición vegetal. La importancia de este documento por parte de la empresa titular del registro COFEPRIS, ya que es la única forma de comprobar que el producto cumple con todas las normas y certificaciones oficiales mexicanas, dando certeza que el producto ofertado no sea adulterado como lo marca el Artículo 206 de la Ley General de Salud, inciso I y II I. Su naturaleza y composición no correspondan a aquellas con que se etiquete, anuncie, expenda, suministre o cuando no corresponda a las especificaciones de su autorización, o II. Haya sufrido tratamiento que disimule su alteración, se encubran defectos en su proceso o en la calidad sanitaria de las materias primas utilizadas. Así mismo, con este documento se da certeza que el producto ofertado no es robado o clonado, quedando bajo la responsabilidad de la empresa fabricante y titular del registro que el producto es suyo para cualquier situación de falla o defecto que pudiese llegar a presentar. Esto permite dar cumplimiento a la responsabilidad que tiene la Secretaria para regular el uso fitosanitario autorizado en el artículo 7 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal: Artículo 7o.- Son atribuciones de la Secretaría en materia de sanidad vegetal: … XXIII. Dictaminar la efectividad biológica de los plaguicidas e insumos de nutrición vegetal y regular su uso fitosanitario autorizado; Es necesario mencionar que en este proyecto de Reglas de Operación 2025, dichos requisitos si se establecen y son requeridos para el Apartado III Para Plaguicidas Aplicados en el Área Pecuaria. Al hacer omisión de todos estos documentos se promueve el uso de productos clonados, adulterados, caducos y fomentando la piratería en plaguicidas agrícolas.