Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



Con fecha veinticuatro de septiembre del año dos mil veinticuatro fue publicado en el portal de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) el “ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS GENERALES A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LA PREPARACIÓN, LA DISTRIBUCIÓN Y EL EXPENDIO DE LOS ALIMENTOS Y BEBIDAS PREPARADOS, PROCESADOS Y A GRANEL, ASÍ COMO EL FOMENTO DE LOS ESTILOS DE VIDA SALUDABLES EN ALIMENTACIÓN, DENTRO DE TODA ESCUELA DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL” (en lo sucesivo referida como el “Lineamientos Escolares”). Por lo cual quisiéramos manifestar las siguientes preocupaciones: 1. Plazo insuficiente para la consulta en el portal de CONAMER Se ha solicitado un periodo de un solo día para la consulta de estos lineamientos, lo cual no solo resulta inadecuado, sino que contraviene lo estipulado en la Ley General de Mejora Regulatoria, Artículo 73: Las autoridades de Mejora Regulatoria harán públicos, desde que las reciban, las Propuestas Regulatorias, el Análisis de Impacto Regulatorio, los dictámenes que emitan, las respuestas a éstos, las autorizaciones y exenciones previstas en el presente Capítulo y todas las opiniones y comentarios de los interesados que se recaben durante la consulta pública. Para tal efecto, deberán establecerse plazos mínimos de consulta pública que no podrán ser menores a veinte días, de conformidad con los instrumentos jurídicos que las Autoridades de Mejora Regulatoria establezcan en el ámbito de su competencia. La determinación de dichos plazos mínimos deberá tomar en consideración el impacto potencial de las propuestas Regulatorias, su naturaleza jurídica y ámbito de aplicación, entre otros elementos que se consideren pertinentes y que deberán establecerse mediante el Manual de Funcionamiento del Análisis Regulatorio. Se debe brindar tiempo razonable para que todos los sectores interesados puedan analizar, discutir y proponer mejoras a los lineamientos. Un solo día no es un plazo suficiente ni razonable para obtener comentarios de los diversos sectores involucrados en la operación de estas normativas, tales como el sector privado, las instituciones educativas, padres de familia, expertos en nutrición y salud, y organizaciones de la sociedad civil. Instamos se otorgue un plazo más amplio para esta consulta, que permita un análisis exhaustivo de los impactos y beneficios de las propuestas, de al menos 20 días, tal como lo dispone el artículo 73 de la Ley General de Mejora Regulatoria. 2. La inseguridad alimentaria en México En un contexto en el que México enfrenta niveles significativos de inseguridad alimentaria, es fundamental que cualquier regulación o lineamiento para la preparación y distribución de alimentos en las escuelas considere este problema. Los lineamientos actuales no garantizan que se mejore la situación alimentaria de los estudiantes ni que se ofrezcan soluciones sostenibles para reducir la inseguridad alimentaria. Es necesario que las medidas adoptadas no solo promuevan la salud, sino que también aseguren que los estudiantes tengan acceso a alimentos seguros, nutritivos y asequibles. Del mismo modo, no se está considerando un tiempo razonable para la implementación de las medidas, para asegurar la capacitación de las Autoridades escolares, a la comunidad educativa, incluyendo a los estudiantes, y mucho menos para los responsables y personal de los establecimientos de consumo escolar. 3. Definiciones no alineadas con la legislación vigente Notamos la inclusión de nuevas definiciones en estos lineamientos que no se encuentran contemplados en la Ley General de Salud, el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, ni en ningún otro ordenamiento jurídico vigente. Estas definiciones incluyen “Alimentos y bebidas procesadas” y "Alimentos y Bebidas no permitidos para la preparación, distribución y expendio en las escuelas”; entre otras. La creación de nuevas categorías que no estén respaldadas por la legislación actual genera confusión y puede dar lugar a interpretaciones contradictorias, afectando la correcta implementación y cumplimiento de estos lineamientos. 4. Inconsistencia con el marco jurídico vigente Los lineamientos presentados no hacen referencia a normativas clave dentro del marco jurídico vigente, como la NORMA Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-2012, Servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación., que establece los criterios para la orientación alimentaria. En su lugar, se hace referencia a Guías de Alimentación que no tienen sustento en la legislación actual y no han sido publicadas en el Diario Oficial de la Federación. Esta falta de referencia a normativas oficiales puede generar incertidumbre y falta de certeza jurídica. 5. Comentarios específicos para la categoría de cereales Adicionalmente, en lo referente a la categoría de cereales, los lineamientos desaconsejan el consumo de cereales con azúcares añadidos o edulcorantes, comúnmente conocidos como cereales de caja, aun cuando no tengan sellos o leyendas del etiquetado frontal de advertencia. Esto va más allá de lo estipulado para regular alimentos con sellos en los establecimientos escolares y genera una discriminación innecesaria contra una categoría de alimentos que ofrece beneficios nutricionales significativos. Cabe destacar que el aporte de azúcares añadidos de los cereales es menor al 4% del consumo total en México y Latinoamérica reportado incluso por la Organización Panamericana de la Salud. Adicional, si un cereal no tiene sellos o leyendas, significa que cumple con los perfiles nutrimentales establecidos en la NOM-051, por lo que impone un doble estándar carece que justificación legal y científica. Por lo anterior, solicitamos respetuosamente a la CONAMER que considere ampliar el plazo de consulta pública, permita una revisión profunda y colaborativa de los lineamientos, y revise las inconsistencias con el marco jurídico vigente. Solo a través de un proceso abierto, inclusivo y basado en la legislación vigente, será posible desarrollar lineamientos que realmente contribuyan a mejorar la nutrición y el bienestar de los estudiantes mexicanos. Atentamente: Kellogg Company Mexico, S. de R.L. de C.V.