
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Para el punto 4.2 Reglas para la ampliación, reducción y devolución o cancelación de garantías: 1) 4.2.3 La devolución de los fondos depositados en la cuenta correspondiente del CENACE incluirá los intereses que los mismos hayan generado. 2) 4.2.4 La devolución de los instrumentos financieros gubernamentales cedidos o transmitidos al CENACE incluirán los intereses que los mismos hayan generado. Pregunta: ¿Cómo se calcularán dichos intereses?