
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Se sugiere modificar la definición de la figura del "4.88 Suplente de responsable de Farmacovigilancia", es decir, eliminar "que forma parte de la Unidad de Farmacovigilancia". Ya que, a veces las compañías en México sólo cuentan con una persona en el país que es el Responsable de Farmacovigilancia, por lo que, se sugiere que pueda quedar abierto a que otra persona dentro de la compañía (local o regional-de otro país) pueda ser el suplente de responsable de FV.