Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



Se sugiere modificar la definición de la figura del "4.88 Suplente de responsable de Farmacovigilancia", es decir, eliminar "que forma parte de la Unidad de Farmacovigilancia". Ya que, a veces las compañías en México sólo cuentan con una persona en el país que es el Responsable de Farmacovigilancia, por lo que, se sugiere que pueda quedar abierto a que otra persona dentro de la compañía (local o regional-de otro país) pueda ser el suplente de responsable de FV.