Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



En el capítulo 8, punto 8.4, se establecen los tiempos en los que el CENACE podrá determinar una metodología de dimensionamiento para los SAE para Centrales Eléctricas Intermitentes. En caso de abrir a recibir propuestas de dimensionamiento de los interesados, el CENACE podría enriquecerse con diversos métodos y optar por el mas conveniente. Por lo que se sugiere una redacción similar a lo siguiente: 8.4.     En un plazo máximo de dos años, contados a partir de la entrada en vigor del presente instrumento, el CENACE presentará para autorización de la Comisión una Especificación Técnica con la metodología para el Cálculo del dimensionamiento de los SAE para Centrales Eléctricas intermitentes, la cual se aplicará en los Estudios que realiza el CENACE. Mientras tanto, el CENACE calculará el porcentaje de almacenamiento con las herramientas e información a su disposición o bien mediante la sugerencia por parte de los interesados con métodos propios o de terceros.