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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



1.- DISPOSICIÓN: Definiciones Numeral 18, ; DICE: Representante de las instalaciones eléctricas (como sería un Generador o su representante legal) o, en su caso, la CRE cuando requiera a una UI realizar las actividades inspección en los términos establecidos en estas DACG; DEBERÍA DECIR: Representante de las instalaciones eléctricas (como sería un Generador, un Centro de carga, Usuario final o su representante legal) o, en su caso, la CRE cuando requiera a una UI realizar las actividades inspección en los términos establecidos en estas DACG; JUSTIFICACIÓN: Complementar la definición, ya que causaría confusión sólo con la definición de Generador que se tiene en la LIE.