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Comentario al Expediente



DICE: "Trigésima Séptima. Para las UI-CRCC se deberá considerar" DEBERÍA DECIR: "Trigésima Séptima. Para las UI-CRCC, de los requisitos del Código de Red actual se deben considerar." JUSTIFICACIÓN: Falta el origen o fuente de las disposiciones ahí mencionadas. DICE: "Trigésima Tercera... fracciones VII a X" DEBERIA DECIR: "Trigésima Tercera... fracciones VIII a X" JUSTIFICACIÓN: La fracción VII no corresponde a un procedimiento de solicitud DICE: "iii. La UI-CRCC realizará la medición de las variables... La medición se realizará por un periodo de 7 (siete) días naturales..." DEBERÍA COMPLEMENTARSE CON: "... considerando que la medición solicitada por el Código de red del Factor de Potencia señala que la medición será cinco-minutal , la comprobación del cumplimiento podrá efectuarse durante el mismo periodo con las muestras cada 10 minutos como se pide para los demás parámetros." JUSTIFICACIÓN: Si el factor de potencia cumple los requisitos del Código de Red en una muestra de una semana con lecturas cada 10 minutos, cumplirá con una muestra mensual con lecturas cada cinco minutos.