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Comentario al Expediente



14 de septiembre de 2023 Dr. Alberto Montoya Martín del Campo Comisionado Nacional de Mejora Regulatoria P r e s e n t e , Asunto: Se plantean comentarios al PROYECTO DE REFORMA DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE JUEGOS Y SORTEOS Estimado Dr. Montoya: Hemos recibido con asombro, la iniciativa para emitir el PROYECTO DE REFORMA DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE JUEGOS Y SORTEOS, publicado a través de la plataforma de CONAMER el pasado día 7 de septiembre. Al respecto, en nuestra calidad de asesores legales en materia de juegos y sorteos, quisiéramos expresar nuestra postura y preocupación ante la posibilidad de que dicho ordenamiento sea publicado. En primera instancia, es relevante considerar que en términos estrictamente legales, el Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos vigente, ha sido objeto de sanción por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, otorgando en diversos actos, el carácter de legal, y conforme a los lineamientos de la propia Ley Federal de Juegos y Sorteos. Dichas sanciones, emitidas en resoluciones finales son identificadas como Controversias Constitucionales 97/2004 y 114/2013. Efectivamente, en los términos de las citadas resoluciones, la Corte ha determinado, la legalidad de la aplicación del Reglamento vigente, entre otros argumentos, por que se ajusta a la norma original que plantea la legalidad de realizar “sorteos” a través de diversas modalidades, incluyendo la realizada a través de dispositivos electrónicos. La posibilidad de eliminar del Reglamento vigente las disposiciones que regulan la explotación, por parte de los permisionarios, de máquinas o terminales de sorteos de números, implicaría, más allá de la inminente batalla legal a través de amparos, la existencia de dos regímenes de aplicación en la operación de los establecimientos (salas de sorteos de números y centros de apuestas remotas), que provocaría un desorden regulatorio, además de representar una amenaza para la certidumbre jurídica en esta materia. En efecto, el proyecto de decreto, establece que los permisos vigentes, serían respetados en los términos que fueron otorgados, incluyendo sus modificaciones y ampliaciones. Sin embargo, se plantean dos actos absolutamente violatorios de los derechos adquiridos: 1. Que la renovación, cuando sea aplicable, de los Permisos, implique una disminución de ámbito de actividades autorizadas. 2. Que las salas “vacantes”, es decir, aquellos establecimientos que aún no están en operación, pero que forman parte de los permisos vigentes, se pierdan. Desde nuestra perspectiva, la aplicación de estas disposiciones viola los derechos en forma inmediata de las compañías permisionarias y operadoras. Por otra parte, como consecuencia de la eliminación de la explotación de máquinas de sorteos de números, se afectaría a las compañías proveedoras y fabricantes de este tipo de equipos, las cuales, han realizado inversiones sustanciales en nuestro país, generando empleos e impuestos que contribuyen en forma directa a la economía nacional. Deseamos manifestar, que este proyecto vulnera los derechos de los ciudadanos que en forma asidua, participan en los establecimientos como una forma de esparcimiento, a la que todo individuo tiene el derecho humano de gozar. Finalmente, planteamos que resulta por demás absurdo, que siendo esta industria sujeta de todo tipo de auditorías y de procesos de validación, siendo catalogada como “vulnerable” en el marco de las leyes que previenen y sancionan la operaciones con recursos de procedencia ilícita, y que además están sujetas al cumplimiento de normas especiales de validación para el cumplimiento del pago de los impuestos especiales (LIEPS), a través de mecanismos de verificación que operan en coordinación con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ahora, además, se pretenda limitar en forma radical, el ámbito de actividades y explotación de los permisos válidamente otorgados por la propia autoridad federal. Como consecuencia, de publicarse este Decreto, se vería una afectación en la generación de impuestos que se derivan de la explotación de máquinas en los establecimientos autorizados, siendo que es la principal fuente de ingresos y por ende de los impuestos y participaciones aplicables. Más aún, se perderían miles de empleos, entre personal en establecimientos, en proveedores y en fabricantes. En conclusión, solicitamos, respetuosamente, atender las observaciones de la industria, y en mérito de buscar una regulación acorde a la modernidad y las necesidades de la industria, se planté, en todo caso, la posibilidad de eliminar este proyecto, hasta en tanto todos los factores sean escuchados, que estamos seguros, serán de la opinión de que este decreto, no resuelve ni proporciona ningún beneficio real, ni genera certidumbre en materia de juegos y sorteos. Respetuosamente, Alonso Ramírez Castañón Abogado