Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



En el numeral 4.3 Límites Máximos Permisibles de emisión provenientes de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina, se presenta la Tabla 3 sobre los Límites Máximos Permisibles de emisión de contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible y cuyo peso bruto vehicular es mayor de 400 kilogramos y hasta a 3857 kilogramos en el método de prueba Dinámica y Estática (1), se presenta como límite máximo de emisión de los NOx de 700 µmol/mol. Este valor es superior al actual de 250 µmol/mol que está en la norma vigente. Permitir que este valor se incremente, relajando la norma, tendrá efectos nocivos para la salud de la población de lo habitantes de la megalópolis, ya que los NOx son precursores de la formación de ozono y de las partículas secundarias PM2.5 Si bien el NO2, componente principal de los NOx, se mantiene dentro de la norma la mayor parte del año, su participación en la formación de ozono de manera importante, es necesario seguir reduciendo su emisión a la atmósfera. Su presencia favorece a la reactividad química de la atmósfera, potenciando la formación de contaminantes secundarios dañinos a la salud de la población. Mi recomendación es que este valor límite máximo para los NOx no se modifique y se mantenga el valor de la norma vigente.