Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



10.5.10.3.1 Cada lote debe contar con un certificado analítico del fabricante con los controles necesarios para asegurar la calidad de los medicamentos, de acuerdo con el registro sanitario o autorización de comercialización. COMENTARIO: Definir a que se refiere con “Controles necesarios”. Si es información que ya tiene Cofepris en el dossier del Producto registrado, no se debería solicitar información adicional lote a lote. 12.7 Para medicamentos biotecnológicos de importación, con excepción de vacunas, cada lote de producto terminado deberá ser aprobado por el responsable sanitario previo a su liberación para su comercialización. La liberación podrá ser a través de revisión documental o mediante análisis de laboratorio. COMENTARIO: Se propone modificar la redacción del siguiente texto a: “La liberación podrá ser a través de revisión documental de acuerdo a los numerales 10.5.10.3.2.1 y 10.5.10.3.3 o mediante análisis de laboratorio, conforme al numeral 10.5.10.3.2”.