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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



En representación de las aerolíneas que integran el grupo Avianca y particularmente por lo que hace a Tampa Cargo, aerolínea colombiana permisionaria ante la Agencia Federal de Aviación Civil para el transporte regular internacional exclusivo de carga, hemos revisado el decreto en mención y por este medio respetuosamente manifestamos que la restricción operacional del transporte exclusivo de carga en el aeropuerto Benito Juárez, hará que el volumen de carga transportada en nuestros aviones pierda eficiencia y por tanto competitividad hacia México por el mayor tiempo y costos en su conexión, por lo que es probable que este rubro disminuya el grado de complementariedad al transporte de pasajeros desde y hacia Ciudad de México, en especial cuando las operaciones se consideran en aeronaves de cabina ancha. Algunos efectos de la restricción sobre esta carga será el incremento en costos del transporte aéreo y almacenamiento de esta carga, aumento en los tiempo de tránsito en Ciudad de México, mayor riesgo de daños o perdida de carga y mercancía por los manejos adicionales y transporte terrestre que ello implica, etc. En nuestro caso el impacto es cercano al 16% de los ingresos procedentes en carga. Visto lo anterior, y sin ser el ideal para nosotros, si se considera implementar la restricción en cuestión, sugerimos respetuosamente, antes de ello se logre articular los siguientes procesos y tiempos, todos tendientes a mitigar el impacto en costos y competitividad de la restricción en este segmento complementario al transporte aéreo de pasajeros: - Se extienda el plazo de transición al menos a 1 año, lo que permitirá que tanto autoridad como operadores ajustemos nuestros procesos de cara a adelantar una adecuada preparación y por supuesto mitigar el impacto en el segmento y en especial en quienes usan estos servicios. - Se busquen mecanismos que eximan de procesos de importación / exportación a la carga que por conexión internacional deba transportarse por vía terrestre entre los aeropuertos AICM y AIFA. - Se implementen medidas, que agilice los procesos aduaneros que sean necesarios para la carga, lo cual ayudará a ofrecer conexiones más eficientes en el manejo de la carga de vuelos pasajeros a vuelos exclusivos carguero por vía terrestre. Concretamente nos referimos a procesos digitales libre de papeleo y/o trámites presenciales, que se puedan desarrollar con antelación, y conexiones tecnológicas entre sistemas de las aerolíneas y la autoridad aduanera, entre otros. - Teniendo en cuenta que este transporte terrestre se hará solo como parte de un proceso de conexión, solicitamos de forma respetuosa se garantice una mejora en los tiempos y procesos que requieran inspecciones físicas a la carga. - Eliminar rayos gamma para la carga de importaciones, pues esto hace lentos los procesos y los embarques en sus orígenes ya han pasado por procesos eficientes de seguridad por lo que no es necesario que al arribo vuelva a ser inspeccionada. - Que las inmovilizaciones de embarques no justificados por parte de Aduana tengan un tiempo no mayor a 24 horas, ya que hay casos en los que la carga se inmoviliza por más de un mes sin razón alguna. - En la medida de lo posible, abogar por un corredor férreo entre los dos aeropuertos que disminuya los costos de transporte y carga logística que la restricción generará a la carga en conexión