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Comentario al Expediente



De la revisión al documento, se identifica que actualmente el Artículo 15 del "Apéndice A. Condiciones Generales para la Prestación de los Servicios de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica" en su numeral "15.4. Suspensiones por causas distintas a las establecidas en la Ley" que en caso de suspensiones del Servicio Público de Transmisión y Distribución, que se ocasionen por causas distintas a las previstas en el artículo 41 de la Ley de la Industria Eléctrica, el CENACE bonificara a los "Usuarios Calificados Participantes de Mercado" (énfasis añadido), por el valor del doble del importe del suministro eléctrico que hubiere estado disponible de no ocurrir la suspensión, asimismo, se prevé que el CENACE "podrá" (énfasis añadido) dicho importe al Transportista o al Distribuidor, al respecto se señala que: 1. El CENACE es un organismo que opera en un balance cero, es decir, las cantidades que cobra serán iguales a las cantidades que paga, por lo tanto, debido a que la redacción actual respecto al cobro al Transportista y Distribuidor se señala como "podra", no queda claro en qué casos si podrá realizar el cobro correspondiente y en qué casos no, por lo tanto, se sugiere aclararlo y complementar en caso de que no aplique el cobro al Transportista y Distribuidor, como el CENACE recuperará la cantidad que abone al Usuario Final. En caso de que se determine que en todos los casos deberá cargarse al transportista o al Distribuidor se sugiere cambiar la palabra "podrá" por la palabra "deberá". 2. La redacción actual solo prevé que sucederá cuando el Usuario Final se trate de un Usuario Calificado Participante del Mercado, con el cual, el CENACE si tiene relación contractual, sin embargo, no se prevé que sucederá con el resto de los Usuarios Finales. En este caso, el Artículo 70 del Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica prevé que también el Suministrador podrá realizar el pago al Usuario Final y el cobro al Transportista y al Distribuidor, por lo cual, se sugiere agregar este otro caso en la redacción del documento.