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Comentario al Expediente



Ciudad de Mexico, a 6 de diciembre de 2022. DR. ALBERTO MONTOYA MARTÍN DEL CAMPO COMISIONADO NACIONAL COMISIÓN NACIONAL DE MEJORA REGULATORIA BOULEVARD ADOLFO LÓPEZ MATEOS NO. 3025 COL. SAN JERÓNIMO ACULCO DEL. MAGDALENA CONTRERAS CIUDAD DE MÉXICO CP 10400 Estimado Dr. Montoya: El suscrito Fernando Robles Gómez, en nombre y representación de British American Tobacco México, S.A. de C.V. (“BAT México”) y con fundamento en lo dispuesto por Ley General de Mejora Regulatoria y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, respetuosamente nos dirigimos a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (“Conamer”), respecto de la respuesta emitida por la Secretaria de Salud (“SSA”) el pasado 2 de diciembre de 2022 a la solicitud del “ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA SERIE DE LEYENDAS, IMÁGENES, PICTOGRAMAS, MENSAJES SANITARIOS E INFORMACIÓN QUE DEBERÁ FIGURAR EN TODOS LOS PAQUETES DE PRODUCTOS DEL TABACO Y EN TODO EMPAQUETADO Y ETIQUETADO EXTERNO DE LOS MISMOS, A PARTIR DEL 1 DE MARZO DE 2023 Y HASTA EL 31 DE AGOSTO DE 2024. (el “Anteproyecto”) que fuera remitido por la SSA, publicado en la página electrónica de la Conamer el 18 de noviembre de 2022 y que se contienen en el oficio No. CONAMER 02/0032/181122. Así, en alcance a nuestros comentarios presentados ante la Conamer el pasado 23 de noviembre de 2022, llamamos su atenta atención a lo siguiente: a) La SSA insiste en que la entrada en vigor del Anteproyecto sea el 1 de marzo de 2023, alegando que no existen impactos adicionales para la industria. b) Al respecto, resulta necesario aclarar que el recortar los tiempos que tendría mi mandante para cumplir con la obligación que se contiene en el Anteproyecto, adicional a ir en contra de lo dispuesto por la Ley General para el Control del Tabaco, que en su artículo SEXTO transitorio expresamente dispone que: “Todos los empaques de tabaco fabricados en o importados hacia México deberán exhibir las nuevas advertencias de salud en un plazo de 9 meses contados a partir de la fecha en que la Secretaría publique los diseños para las advertencias sanitarias en el Diario Oficial de la Federación”, si implica gastos adicionales para mi mandante, toda vez que, para la impresión de materiales necesarios para cumplir con el Anteproyecto en tiempos menores a los establecidos por la Ley, mi representada tendría que hacer pagos extraordinarios por $50,000,000.00 (cincuenta millones de pesos 00/100 moneda nacional). c) Ahora bien, con el propósito de están en posibilidades de dar cabal cumplimiento a las obligaciones contenidas en el Anteproyecto, mi mandante pone a consideración de la SSA las siguientes alternativas: i. Que la entrada en vigor del Anteproyecto sea 180 días posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para lo cual, sería necesario que la SSA extienda el plazo de impresión de los pictogramas y mensajes sanitarios 5, 6, 7 y 8 del Anexo 1 del Acuerdo por el que se da a conocer la serie de leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios e información que deberá figurar en todos los paquetes de productos del tabaco y en todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos, a partir del 1 de diciembre de 2021 y hasta el 28 de febrero de 2023, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2021; o bien ii. Que se modifique el Anteproyecto para incorporar los pictogramas y mensajes sanitarios 5, 6, 7 y 8 del Anexo 1 del Acuerdo por el que se da a conocer la serie de leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios e información que deberá figurar en todos los paquetes de productos del tabaco y en todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos, a partir del 1 de diciembre de 2021 y hasta el 28 de febrero de 2023, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2021, en sustitución de los pictogramas y mensajes sanitarios 1, 2, 3 y 4 contenidos en el Anexo 1 del Anteproyecto. Solicitud Por lo anteriormente expuesto, y considerando el verdadero efecto y consecuencias económicas que este Anteproyecto implica, atentamente se solicita a Usted que se requiera a la SSA modificar el Anteproyecto a fin de que se respeten los tiempos de implementación contenidos en la Ley General para el Control del Tabaco o bien, realizar los ajustes expuestos en el cuerpo del presente y de esa manera, otorgar a mi mandante la posibilidad de dar cabal cumplimiento a sus obligaciones sin incurrir en gastos adicionales innecesarios. A t e n t a m e n t e, Fernando Robles Gómez. Director Jurídico.