Se informa a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, autoridades judiciales, jurisdiccionales y administrativas, locales y federales, gobiernos de las entidades federativas, órganos autónomos y al público en general que, a partir del día 03 de febrero de 2026, los domicilios oficiales de las Oficinas de Representación en las entidades federativas de la Procuraduría Agraria, para todos los efectos legales, fiscales y administrativos a que haya lugar.
Lo anterior, a efecto de que todo tipo de correspondencia, escritos, oficios, trámites, notificaciones, citaciones, requerimientos y cualquier asunto competencia de las Oficinas de Representación en las entidades federativas de la Procuraduría Agraria, se presenten o realicen, según corresponda, en los domicilios referidos en el numeral segundo del presente Acuerdo, en el horario comprendido entre las 09:00 y las 18:00 horas, en días hábiles de lunes a viernes, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.