El artículo 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional, establece que serán días de descanso obligatorio los que señale el Calendario Oficial y el que determinen las Leyes Federales y Locales Electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
En ese sentido, de conformidad con la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, ordenamiento legal que regula los actos, procedimientos y resoluciones de la Administración Pública Federal, en su artículo 28 dispone que las actuaciones y diligencias administrativas se practicarán en días y horas hábiles, no considerando como tales sábados y domingos, así como los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia o entidad respectiva, que se publicará en el Diario Oficial de la Federación.
Por lo anterior, con el fin de dar certeza y seguridad jurídica en el ejercicio de los derechos de los particulares, en los actos, procedimientos y trámites instruidos ante la Secretaría, se emite el ACUERDO por el que se dan a conocer los días inhábiles y la suspensión de labores del año 2026 y principios del 2027 en la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e innovación.