El artículo 6 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, establece que las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, deben reducir al mínimo los costos burocráticos para la prestación de trámites y servicios, buscando que las regulaciones que expidan para estos efectos generen el mayor beneficio posible para las personas, con apego a los principios de certeza jurídica, confianza ciudadana, proporcionalidad, publicidad y transparencia, entre otros.
Son objetivos de la política de simplificación administrativa, modernizar los trámites y servicios, mismos que podrán ser simplificados mediante acuerdos generales publicados en el medio de difusión correspondiente, y en observancia al artículo 24 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos la simplificación podrá ser conforme a la habilitación de herramientas electrónicas para la presentación de trámites y servicios, el establecimiento de plazos de respuesta menores a los máximos previstos, extender la vigencia de las resoluciones otorgadas por los sujetos obligados, eliminar requisitos y costos burocráticos de cualquier tipo e Implementar cualquier otra acción de mejora, simplificación y digitalización de los trámites y servicios de su competencia.
Por lo anterior, derivado de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos y con el propósito de implementar las acciones de simplificación, se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN Y MEJORA ADMINISTRATIVA A TRÁMITES Y SERVICIOS QUE SE REALIZAN ANTE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.
ARTÍCULO PRIMERO. Se fusionan los trámites que se señalan a continuación y se implementan las siguientes acciones de mejora:
1.- CAPUFE-02-001; Contratación del Servicio Línea Express.
2.- CAPUFE-01-003; Sustitución de Chip del Servicio Línea Express.
3.- CAPUFE-01-004; Renovación del Servicio Línea Express.
Se fusionan los trámites con Homoclaves:
CAPUFE-02-001, CAPUFE-01-003 y CAPUFE-01-004.
Para quedar como: Servicio Línea Exprés.
Se unifica la homoclave del trámite: CAPUFE-02-001.
Se reducen los tiempos de respuesta a la ciudadanía, de 3 a 2 días hábiles.
ARTÍCULO SEGUNDO. Se implementan las acciones de simplificación del servicio que se indica a continuación:
1.- CAPUFE-02-003; Sistema de Identificación Automática Vehicular (Sistema IAVE/Telepeaje).
Mejora implementada: Se elimina la presentación del escrito libre.