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ACUERDO número ACDO. AS3.HCT.251125/344.P.DF, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en sesión ordinaria celebrada el 25 de noviembre de 2025, por el que se aprueban los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica Actualizados al año 2026 y sus anexos 1 y 2.



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


El presente anteproyecto tiene como único propósito dar a conocer los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica actualizados al año 2026, los cuales se aplican para la determinación de créditos fiscales derivados de capitales constitutivos, inscripciones improcedentes y atención a no derechohabientes. Lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 112 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, el cual dispone en sus párrafos tercero y cuarto que “los capitales constitutivos previstos en la Ley se determinarán considerando el monto de las prestaciones económicas y el importe de las prestaciones médicas, que se calculará con base en los costos unitarios por nivel de atención médica, vigentes en la fecha de determinación del crédito fiscal. Dichos costos unitarios y su actualización serán aprobados por el Consejo Técnico del Instituto y deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación”.

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Summary of the draft


The sole purpose of the draft project is to publicize the Unit Costs by Level of Medical Care updated to the year 2026, which are applied for the determination of tax credits derived from constituent capital, improper registrations and attention to non-beneficiaries. The foregoing in compliance with the provisions of article 112 of the Regulations of the Social Security Law on Affiliation, Classification of Companies, Collection and Inspection, which provides in its third and fourth paragraphs that "the constituent capital provided for in the Law They will be determined considering the amount of the economic benefits and the amount of the medical benefits, which will be calculated based on the unit costs per level of medical care, effective on the date of determination of the tax credit. Said unit costs and their updating shall be approved by the Technical Council of the Institute and shall be published in the Official Gazette of the Federation ”.

Información del Anteproyecto:


Dependencia:

IMSS-Instituto Mexicano del Seguro Social

Fecha Publicación:

01/12/2025 05:11:11

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26/0031/011225