El INFONAVIT se permite informar que, las citadas CONDICIONES no generan costo alguno de cumplimiento para los particulares, ya que no modifica obligación existente alguna, ni mucho menos adiciona nuevos costos burocráticos o, que por su propia naturaleza deban emitirse o actualizarse de manera periódica, lo anterior, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36, fracción VIII, de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.
De igual forma, por lo que corresponde a la posible existencia de costos burocráticos, nos permitimos destacar que, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 49, fracción II, de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocrático, el INFONAVIT se permite manifestar que, el citado AVISO no genera nuevos costos burocráticos para los particulares, sino al contrario, genera los mayores beneficios posibles para la sociedad en general, agilizando y eficientando en mucho los trámites a realizarse sobre la materia ante este Instituto.