Se delega en la persona titular de la Subsecretaría de Ciencia y Humanidades, la facultad de recibir, analizar, dictaminar, validar y expedir, en el ámbito de su competencia, la constancia que acredite las actividades de investigación científica y humanística realizadas por personas morales, sociedades o asociaciones de carácter civil sin fines de lucro, así como Centros Públicos de Investigación sectorizados a la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación que realicen preponderantemente actividades en materia de ciencia, humanidades, tecnología o innovación en el país, inscritas en RIZOMA, para formar parte del RNCHTI, ambos del Sistema Nacional de Información, con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79 fracción XI de la Ley del Impuesto sobre la Renta.