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Lineamientos del Sistema Nacional de Posgrados de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


Los Lineamientos tienen por objeto regular y establecer los criterios para la evaluación y el reconocimiento de los programas de posgrado en el Sistema Nacional de Posgrados que son apoyados mediante el programa de becas nacionales para incrementar las oportunidades y posibilidades de acceso al posgrado y contribuir a la conformación de una sociedad que valora y promueve el conocimiento científico, humanístico y tecnológico, conforme a lo establecido en los artículos 3, párrafo primero y fracción X de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnología e Innovación y las fracciones I y II del artículo 10 de la Ley General de Educación Superior.

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Summary of the draft


The Guidelines aim to regulate and establish the criteria for the evaluation and recognition of graduate programs within the National Postgraduate System that are supported through the National Scholarship Program, in order to increase opportunities and possibilities for access to postgraduate studies and to contribute to the development of a society that values and promotes scientific, humanistic, and technological knowledge, in accordance with the provisions of Article 3, first paragraph and section X of the Political Constitution of the United Mexican States; Article 38 of the General Law on Humanities, Sciences, Technology and Innovation; and sections I and II of Article 10 of the General Law on Higher Education.

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Comentario Artículo 8. Reconocimiento y Vigencia en el SNP. El inciso II indica que el reconocimiento tendrá una vigencia de 3 años. Para el caso de los programas de doctorado esta vigencia es muy reducida ya que muchos de ellos tienen una duración de 4 años. Cualquier cambio que se aplique en el programa para atender recomendaciones podría no tener impactos visibles en el siguiente periodo de evaluación dado que la primera generación en ingresar al inicio de la vigencia aún no habría egresado. Para el caso de la maestría, los programas son generalmente de 2 años, sin embargo, aún en esos casos la vigencia parece reducida para evaluar resultados de implementación de ajustes. Se sugiere una vigencia mínima de 4 años para maestría y 5 o 6 para doctorados de 3 y 4 años respectivamente. Artículo 14. Requisitos y sus criterios de cumplimiento. Inciso III. Contar con una infraestructura adecuada y suficiente en congruencia con el plan de estudios. Sección a.- Proporción profesor estudiante. En la plataforma Apeiron aparecen profesores del núcleo académico y profesores externos. Se debe aclarar en este inciso cómo se evaluará a los profesores externos al momento de estimar esta proporción. Sección b.- Se indica que los docentes no deben participar en más de 2 programas registrados en el SNP. Dado que el personal académico puede participar como parte del núcleo académico, como profesor externo o incluso de medio tiempo, es necesario aclarar que el límite de participación se refiere a participación en núcleo académico. Esto debido a que limitar la participación como externo reducirá las colaboraciones interinstitucionales y que es un aspecto solicitado en este mismo articulo 14 en el inciso X sección b que indica “, el programa de posgrado deberá presentar un documento libre que describa de forma sintética, las acciones de cooperación interinstitucional que el programa de posgrado tiene con otros programas de posgrados pertenecientes a diferentes instituciones de la región o del país. Son ejemplos de cooperación interinstitucional las estancias de investigación de los profesores que forman parte del núcleo académico, la participación de las y los investigadores en proyectos con otras instituciones, la impartición de cursos de posgrado en programas externos a la institución y/o la formación de redes académicas interinstitucionales.” Igualmente se solicita que la plataforma Apeiron indique claramente en el reporte el tipo de participación que los profesores tiene en cada programa al que se encuentran asociados para que ellos mismos o sus representantes institucionales puedan gestionar cualquier aclaración con algún programa que los registre de manera incorrecta.

Fecha: 17/10/2025 12:11:12



Información del Anteproyecto:


Dependencia:

CONACYT-Consejo Nacional De Ciencia y Tecnología

Fecha Publicación:

13/10/2025 09:00:00

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20/0018/131025