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Acuerdo por el que se reforma el artículo 2 del diverso por el que se determina la aplicación temporal de visa en pasaportes ordinarios a los nacionales de la república federativa del Brasil en la condición de estancia de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


El “Acuerdo por el que se reforma el artículo 2 del diverso por el que se determina la aplicación temporal de visa en pasaportes ordinarios a los nacionales de la República Federativa del Brasil, en la condición de estancia de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas”, tiene como finalidad dar cumplimento a la facultad de la Secretaría de Gobernación para establecer o suprimir requisitos para el ingreso de extranjeros al territorio nacional conforme al artículo 18 de la Ley de Migración; en la especie, dar una facilitación para que las personas nacionales de la República Federativa del Brasil que pretendan ingresar a territorio nacional bajo la condición de estancia de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas por vía área, puedan obtener la visa electrónica, de un solo uso, con vigencia de hasta por 180 días, permitiéndoles realizar el trámite a través de cualquier dispositivo que les permita el acceso a internet, desde cualquier lugar del mundo, lo cual se encuentra en línea con la política del gobierno de México para generar trámites y servicios simplificados en materia migratoria con el mayor valor posible y los mejores beneficios para las personas, favoreciendo además los lazos de cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y ese país Sudamericano.

El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Summary of the draft


The “decree to amend Article 2 of the one that determines the temporary application of visas in ordinary passports for nationals of the Federative Republic of Brazil, in the status of visitor without permission to engage in paid activities," aims to fulfill the authority of the Ministry of the Interior to establish or eliminate requirements for the entry of foreigners into national territory according to Article 18 of the Migration Law; specifically, to facilitate the process for nationals of the Federative Republic of Brazil who wish to enter national territory as visitors without permission to engage in paid activities by air, allowing them to obtain a single-use electronic visa, valid for up to 180 days, enabling them to complete the procedure through any device that provides internet access, from anywhere in the world, which is in line with the policy of the government of Mexico to generate simplified procedures and services in immigration matters with the highest possible value and the best benefits for people, also fostering the ties of cooperation between the United Mexican States and that South American country.

Información del Anteproyecto:


Dependencia:

SEGOB-Secretaría de Gobernación

Fecha Publicación:

02/09/2025 04:55:21

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15/0023/020925