El “Acuerdo por el que se reforma el artículo 2 del diverso por el que se determina la aplicación temporal de visa en pasaportes ordinarios a los nacionales de la República Federativa del Brasil, en la condición de estancia de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas”, tiene como finalidad dar cumplimento a la facultad de la Secretaría de Gobernación para establecer o suprimir requisitos para el ingreso de extranjeros al territorio nacional conforme al artículo 18 de la Ley de Migración; en la especie, dar una facilitación para que las personas nacionales de la República Federativa del Brasil que pretendan ingresar a territorio nacional bajo la condición de estancia de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas por vía área, puedan obtener la visa electrónica, de un solo uso, con vigencia de hasta por 180 días, permitiéndoles realizar el trámite a través de cualquier dispositivo que les permita el acceso a internet, desde cualquier lugar del mundo, lo cual se encuentra en línea con la política del gobierno de México para generar trámites y servicios simplificados en materia migratoria con el mayor valor posible y los mejores beneficios para las personas, favoreciendo además los lazos de cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y ese país Sudamericano.